¿Cuando es valido un CONTRATO VERBAL?
El famoso “donde dije digo, digo diego” cobra un sentido especial en los contratos verbales. Es habitual que haya malentendidos o múltiples interpretaciones si no se ha redactado el acuerdo por escrito. Pero ¿Cuándo es válido un acuerdo de palabra? ¿Hay algún modo de probar su existencia en caso de conflicto?
El contrato verbal es perfectamente válido excepto en los casos en los que la ley obligue a realizarlo en forma escrita, como en el caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública ante Notario. Aunque son perfectamente legales, plantean un gran problema ya que es complicado probar su existencia en caso de incumplimiento.
¿Hay algún modo de probar su existencia en caso de conflicto?
Estas son las principales maneras de probar que tu contrato verbal es válido:
1. Testigos: los testigos son una prueba admitida por el Derecho, por lo que es posible demostrar la existencia del acuerdo o alguna condición del contenido si ellos estaban presentes en el momento que se celebró.
2. Actos: Pueden ser actos anteriores, simultáneos o posteriores que muestren la intención de contratar de ambas partes.
3. Hechos: Hechos que puedan demostrar que el contrato verbal realmente se celebró.
4. Documentos: es posible que no haya un contrato por escrito detallando los términos pero sí se conserven recibos bancarios, facturas, emails y otro tipo de documentos que pueden demostrar su existencia.