2015 la totalidad del territorio rural de Colombia cuente con el servicio de las TIC´s.
Parágrafo 2. Estimular y apoyar con incentivos tributarios, subsidios, créditos blandos,
mejoramiento de vivienda, semilleros y semillas, fomento de la producción agroecológica,
entre otros a las familias que se comprometan con la protección y conservación de los
recursos naturales e hídricos.
Artículo 17. Asesoría en comercio exterior: El Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo creará las Agencias de Competitividad Agrícola en las principales zonas de
concentración campesina, para asesorar a los mismos en un plan de negocio y
formulación de plan estratégico, incluyendo
posibles productos a producir según
demanda, rutas de comercio, posibles negocios en comercio exterior entre otros.
Estas agencias servirán para impulsar la producción, comercialización y consumo de los
productos del campo, los cuales presentarán planes agrícolas a corto, medio y largo
plazo, así como informes de seguimiento y alertas tempranas.
CAPÍTULO X
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 18. Seguimiento. El Departamento Nacional de Planeación generará un
sistema de seguimiento de avances de cumplimiento de la presente Ley y de la Ley 731
de 2002 “Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales”.
Artículo 19. Apoyo a organizaciones no gubernamentales. El Gobierno promoverá y
fortalecerá las organizaciones no gubernamentales, que trabajen por los y las
campesinas.