Albizu Campos, Gandhi, Jacques
D e M o l a y, L o s Te m p l a r i o s ,
Francisco De Medina, etc. No
tenemos que necesariamente
concurrir con los ideales de cada
uno de ellos, pero si con un ideal
común a todos ellos, la libertad de
expresión. En todos los ejemplos
antes mencionados, se atacó al
mensajero en vez de al mensaje.
Fue en el año 1791, cuando el
Congreso de los Estados Unidos
aprobó La Carta de Derechos. En la
misma se establece como Derecho
inalienable la Libertad de Expresión,
y como corolario de la misma, la
Libertad de Prensa. Estados Unidos,
una
nación
fundada
predominantemente por Masones,
conocía la importancia de respetar
las libertades de los ciudadanos y
de limitar el poder del Estado (o el
de sus dirigentes). La prohibición
contra censura previa (“prior
restraint” o “prior censorship”) surge
como interpretación judicial al
Derecho de Libertad de Expresión y
por ende, a la Libertad de Prensa.
Censura previa se refiere cuando el
Estado o una entidad privada,
intenta prohibir determinado material
o expresión antes de que las
mismas se hagan públicas.
persona que no fuere miembro de cada vez más las realidades que
ella…”
vivimos en nuestra Orden. Más aún,
incluso aquellas palabras que solo
La Masonería pregona que no es pueden transferirse en voz baja y al
una institución secreta, sino una oído, han sido puestas por escrito
institución con secretos. Como parte por algunas autoridades Masónicas.
de nuestro crecimiento masónico, La razón, a pesar que son de fácil
nos comprometemos en varias acceso para el mundo profano,
ocasiones guardar con toda reserva dichos escritos van dirigidos a
los “secretos” de la Masonería. Más Masones. Basta con entrar al portal
aún, cuando una persona decide virtual de cualquier Oriente de los
unirse a nuestra Orden, lo hace con Estados Unidos y se encontrará
conocimiento de que su libertad de todo tipo de información sobre
expresión será limitada por la rituales, alegorías, simbolismos, etc.
m i s m a . A e s o s e f e c t o s , l o s Si esto es así, ¿entonces cuales son
“secretos” de la Masonería son bien los “secretos” que no podemos
revelar? Dicho de otra manera,
A nosotros los Masones, nos aplican conocidos por los miembros de
¿qué ha quedado como secreto en
ciertos Estatutos y Reglas que nuestra Orden. Sin embargo, vemos nuestra institución?
limitan nuestra Libertad de como existe literatura y/o
Expresión. A esos efectos, el autoridades como Aldo Lavagnini,
artículo XIV, sección V, del Título II González Ginorio, Manly P. Hall, Esa pregunta no la puedo contestar
“Hechos Punibles Menos Graves o Albert Mckey, entre otros, que han en este artículo. No obstante, sí les
expuesto por escrito la mayoría de puedo decir lo que NO forma parte
Faltas”, establece como delito:
los “secretos” de la Masonería. de nuestros secretos. Sin temor a
“La revelación de lo ocurrido en
Revistas Masónicas como Scottish equivocarnos, podemos concluir que
sesión de cámara masónica, a
Rite y Diario Masónico, exponen l a s s i t u a c i o n e s i n t e r n a s q u e