Mi primera revista LA LECTURA RECREATIVA COMO ESTRATEGIA PEDAGÓGICA P | Página 25

Articulo 79 Plan de estudios. Plan de estudios es el sistema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas son sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. 16 Decreto 1290 De 2009. Artículo 1° Evaluación de los estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos: Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior –ICFES–, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. 17 Artículo 2° Objeto del decreto. El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. Artículo 3° Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional: 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 16 Ministerio de Educación Nacional. República de Colombia. Art.79. [En línea]. [citado 1 Septiembre 2016]. Disponible en: 17 Alcaldía de Bogotá. Decreto 1290 de 2009. [citado 1 Septiembre 2016]. Disponible en: 25