Mi primera revista LA LECTURA RECREATIVA COMO ESTRATEGIA PEDAGÓGICA P | Página 25
Articulo 79 Plan de estudios.
Plan de estudios es el sistema estructurado de las áreas obligatorias y
fundamentales y de áreas optativas son sus respectivas asignaturas, que forman
parte del currículo de los establecimientos educativos. 16
Decreto 1290 De 2009.
Artículo 1° Evaluación de los estudiantes.
La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes
ámbitos:
Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el
Fomento de la Educación Superior –ICFES–, realizarán pruebas censales con el fin
de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con
fundamento en los estándares básicos.
Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los
establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo
para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. 17
Artículo 2° Objeto del decreto.
El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los
estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los
establecimientos educativos.
Artículo 3° Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes.
Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos
de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos
educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para
apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en
su proceso formativo.
16
Ministerio de Educación Nacional. República de Colombia. Art.79. [En línea]. [citado 1 Septiembre 2016].
Disponible en:
17
Alcaldía de Bogotá. Decreto 1290 de 2009. [citado 1 Septiembre 2016]. Disponible en:
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