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Por lo tanto, el artículo 23 del Texto Constitucional señala lo siguiente: “Los tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”. Es decir, que Venezuela como Estado Parte de dichos Convenios, Tratados y Pactos adquiere obligaciones con el Derecho Internacional. En consecuencia, las Naciones Unidas trabajan por los derechos humanos de las personas privadas de libertad tomando en cuenta el principio de dignidad humana. Régimen penitenciario 2019 en Venezuela y respeto a la dignidad humana de los privados y privadas de libertad. 5