Mi primera publicacion planeacion participativa | Page 54

266. Si luego de ese intento no logran convencer a sus electoras y electores —cosa que esperamos no ocurra porque creemos que la gente es capaz de entender cuando se le dan explicaciones argumentadas— y las gran mayoría de ellos se pronuncia en contra de la modificación de las prioridades, esos consejeros deben llevar esta decisión al Consejo Territorial a modo de información y sólo si la mayoría de las restantes comunidades llegan a la misma conclusión, este consejo debería modificar las prioridades acordadas en la reunión previa. Contacto permanente con los electores 267. De la misma forma, se debe funcionar en el Consejo Municipal en relación con las aspiraciones de las áreas territoriales. 268. Se trata de un proceso muy fluido con una constante corriente de comunicación de abajo a arriba y de arriba a abajo, donde las personas que cumplen una función delegada están en permanente contacto con sus bases. Las informan de los cambios que puedan irse introduciendo en las propuestas originales, las prioridades subsumidas en otras prioridades, las obras pospuestas y las razones para ellos, etcétera. A su vez deben transmitir hacia arriba las reacciones de estas bases a los cambios sugeridos. 269. Es decir, los Consejos no trabajan en forma aislada, sino que periódicamente van dando cuenta a sus respectivas asambleas del avance de sus trabajos y de los cambios que han tenido que introducir. Y cuando presentan el Plan o el Presupuesto para que sus respectivas asambleas lo ratifiquen, deben convencerlas con argumentos y, en caso que no lo logren, dichas asambleas tienen el derecho a rechazarlos, y proponer una solución alternativa siempre que exista el quorum suficiente para hacerlo. 270. Esto tiene un costo en términos de tiempo pero es un precio razonable si queremos hablar de verdadera participación. Deben disponer de tiempo para cumplir sus funciones 271. Se debe procurar elegir a personas que tengan las mejores condiciones para desempeñar estas tareas, aquellas que dispongan del tiempo para poder asistir a reuniones y talleres, y para apoyar concretamente en distintos aspectos del proceso de planificación participativa. 272. Para facilitar la participación de sus miembros los respectivos consejos deberán establecer horarios de trabajo que no interfieran con los laborales. Y deberían aprovechar los días festivos y feriados locales para las actividades que no puedan realizarse en esos horarios (recorrido por el barrio, talleres de formación, etcétera). Si a pesar de ello, en alguna ocasión, fuera necesario interferir con los horarios laborales normales, podría acordarse una remuneración compensatoria a quienes lo necesiten (pequeños empresarios, trabajadores autónomos, asalariados). Ésta debería provenir de los propios electores y electoras que los eligieron, de tal forma que si estiman que dichos consejeros y consejeras no cumplen con sus funciones, sean ellos los más interesados en sustituirlos. En cualquier caso, debe asegurarse que exista amparo legal para evitar consecuencias negativas (despidos, pérdida de categoría) para los trabajadores públicos y privados que puedan verse obligados a ausentarse puntualmente de su puesto de trabajo. 273. Deben tener el compromiso social necesario. Hay que evitar que sean electos por amiguismo, clientelismo político o motivaciones ajenas al interés comunitario. 274. Sus deliberaciones deberán basarse en la búsqueda de consenso en torno a la selección de los proyectos a realizar a partir de las prioridades presentadas por las comunidades y áreas territoriales y de acuerdo a una visión integral del municipio y a su Plan de Ordenamiento Territorial (si existe). 54