Mi primera publicacion planeacion participativa | Page 52
9. Discutir y aprobar en primera
instancia las propuestas de Plan de
Desarrollo, Presupuesto y Plan de
Inversión Anual elaboradas por la
Unidad de Gestión Financiera del
Consejo Comunitario incorporando la
definición de los proyectos elegidos
para ser incorporados. 9. Ídem las propuestas de
del Plan de Desarrollo,
Presupuesto y Plan de
Inversión Anual Territorial
elaborados por el Equipo
Territorial de Planificación
y Presupuesto. 9. Ídem las propuestas de Plan de
Desarrollo, Presupuesto y Plan de
Inversión Anual municipal elaboradas
por el Equipo Municipal de
Planificación y Presupuesto.
10. Presentarlas a la Asamblea de la
comunidad. 10. Presentarlas a la
Asamblea Territorial. 10. Presentarlas a la Asamblea
Municipal.
11 Remitir los documentos
aprobados al Equipo de Planificación
y Presupuesto, luego de ser
ratificados por dicha Asamblea
Comunitaria, y ver qué pueden
aportar los habitantes de la
comunidad en la ejecución de
algunos proyectos. 11. Remitir los
documentos comunitarios
y territoriales aprobados
al Equipo Municipal de
Planificación y
Presupuesto. 11. Ídem de los documentos
municipales al Equipo Municipal de
Planificación y Presupuesto
12. Elaborar un calendario para la
ejecución de los proyectos de nivel
comunitario. 12. Ídem de de nivel
Territorial. 12. Ídem de nivel Municipal.
13. Una vez hecha la redacción final del documento del Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan de
Inversión Anual por el Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto todos los actores tanto
institucionales como de participación ciudadana lo presentan a la Asamblea Legislativa Municipal para su
aprobación institucional.
255. Entre otras tareas del Consejo Municipal de Planificación Participativa podemos considerar la
necesidad de apoyar la gestión del Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto y del propio
alcalde ante el gobierno estadal o provincial y el ejecutivo nacional, en relación con aquellos
proyectos priorizados por la población que, por su magnitud, requieren de grandes inversiones y
que, por lo tanto, no pueden ser financiados con los recursos con que cuenta la Alcaldía.
c) Consejeras y consejeros
256. Llamaremos consejeras y consejeros de planificación participativa a las personas que
conforman dichos consejos.
Elección de las y los consejeros
257. Este proceso es diferente según se trate de la comunidad o de los dos niveles superiores
(municipio y área territorial).
258. En el caso de la comunidad, hay que procurar que, en el proceso de elaboración del plan
comunitario, participen las personas más activas de ésta, las que demuestren más interés en trabajar
por ella: sus líderes naturales, algunos intelectuales, deportistas u artistas destacados, entre otros, y
aquellas personas que, por su función tienen una mayor visión de la comunidad como un todo, por
ejemplo, la directora de la escuela, el médico del consultorio, el cura de la parroquia, etcétera. Es
decir, todas las personas que actúan o ejercen una cierta influencia en la comunidad. Entre ellas
habría que considerar también a representantes de las actividades productivas más significativas.
Estas personas deben ser las que conformen el Consejo Comunitario de Planificación Participativa y
den ser electas en la primera Asamblea Comunitaria de Planificación Participativa, a propuestas del
equipo dirigente de la comunidad quien tendrá en cuenta los criterios anteriormente señalados. La
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