Mi primera publicacion planeacion participativa | Page 52

9. Discutir y aprobar en primera instancia las propuestas de Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan de Inversión Anual elaboradas por la Unidad de Gestión Financiera del Consejo Comunitario incorporando la definición de los proyectos elegidos para ser incorporados. 9. Ídem las propuestas de del Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan de Inversión Anual Territorial elaborados por el Equipo Territorial de Planificación y Presupuesto. 9. Ídem las propuestas de Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan de Inversión Anual municipal elaboradas por el Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto. 10. Presentarlas a la Asamblea de la comunidad. 10. Presentarlas a la Asamblea Territorial. 10. Presentarlas a la Asamblea Municipal. 11 Remitir los documentos aprobados al Equipo de Planificación y Presupuesto, luego de ser ratificados por dicha Asamblea Comunitaria, y ver qué pueden aportar los habitantes de la comunidad en la ejecución de algunos proyectos. 11. Remitir los documentos comunitarios y territoriales aprobados al Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto. 11. Ídem de los documentos municipales al Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto 12. Elaborar un calendario para la ejecución de los proyectos de nivel comunitario. 12. Ídem de de nivel Territorial. 12. Ídem de nivel Municipal. 13. Una vez hecha la redacción final del documento del Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan de Inversión Anual por el Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto todos los actores tanto institucionales como de participación ciudadana lo presentan a la Asamblea Legislativa Municipal para su aprobación institucional. 255. Entre otras tareas del Consejo Municipal de Planificación Participativa podemos considerar la necesidad de apoyar la gestión del Equipo Municipal de Planificación y Presupuesto y del propio alcalde ante el gobierno estadal o provincial y el ejecutivo nacional, en relación con aquellos proyectos priorizados por la población que, por su magnitud, requieren de grandes inversiones y que, por lo tanto, no pueden ser financiados con los recursos con que cuenta la Alcaldía. c) Consejeras y consejeros 256. Llamaremos consejeras y consejeros de planificación participativa a las personas que conforman dichos consejos. Elección de las y los consejeros 257. Este proceso es diferente según se trate de la comunidad o de los dos niveles superiores (municipio y área territorial). 258. En el caso de la comunidad, hay que procurar que, en el proceso de elaboración del plan comunitario, participen las personas más activas de ésta, las que demuestren más interés en trabajar por ella: sus líderes naturales, algunos intelectuales, deportistas u artistas destacados, entre otros, y aquellas personas que, por su función tienen una mayor visión de la comunidad como un todo, por ejemplo, la directora de la escuela, el médico del consultorio, el cura de la parroquia, etcétera. Es decir, todas las personas que actúan o ejercen una cierta influencia en la comunidad. Entre ellas habría que considerar también a representantes de las actividades productivas más significativas. Estas personas deben ser las que conformen el Consejo Comunitario de Planificación Participativa y den ser electas en la primera Asamblea Comunitaria de Planificación Participativa, a propuestas del equipo dirigente de la comunidad quien tendrá en cuenta los criterios anteriormente señalados. La 52