Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 89

CO M P E N D I O 2 0 19 aprobación del informe, las acciones a tomar serán las determinadas en el artículo 80 del presente reglamento. CAPITULO II DEL COMITÉ ELECTORAL DE BASE Artículo 73°.- El Comité Electoral de Base, se elige en Asamblea General de Agremiadas/ os de Base con carácter Ordinario, 100 días calendarios previos a la culminación de la gestión en ejercicio defunciones. Artículo 74°.- El Comité Electoral de Base estará integrado máximo por 05 miembros. Se instalará inmediatamente después de ser elegido en un plazo no mayor de 07 días calendarios. Artículo 75°.- Instalado el Comité Electoral de Base deberá elaborar su plan debidamente presupuestado para presentarlo a la Junta Directiva de Base para la respectiva transferencia de fondos en un plazo que no deberá exceder los 5días calendarios posteriores a su instalación. Asimismo, cumplirá con presentar el informe económico según avance a la Junta Directiva de Base y el informe final a la Asamblea General de Agremiados/as con carácter Ordinario para su aprobación, bajo responsabilidad. En caso de incumplimiento o no aprobación del informe, las acciones a tomar serán las determinadas en el artículo 80 del presente reglamento. CAPITULO III DEL PROCESO ELECTORAL, CANDIDATOS Y PERSONEROS Artículo 76°.- Los candidatos al Consejo Ejecutivo Nacional o a Junta Directiva de Base deben cumplir obligatoriamente con los requisitos establecidos en el Estatuto del SINESSS, su reglamento y el reglamento de las elecciones. [ 88 ]