Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 40

ESTATUTO MODIFICADO 2018, 22-23 NOVIEMBRE, LIMA-PERÚ Artículo 37°.- Los miembros del Consejo Ejecutivo Nacional son responsables de los acuerdos adoptados por el SINESSS. Los miembros que discreparan de un acuerdo, para salvar su responsabilidad deberán hacer constar en acta su discrepancia, sin embargo, adoptado un acuerdo la minoría se somete a la mayoría. Artículo 38°.- Todos los descuentos salariales que se hagan a los miembros del Consejo Ejecutivo Nacional durante el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos serán reembolsados por el SINESSS mientras dure su gestión, según su modalidad de trabajo. Las agremiadas que fueron elegidas para ocupar un cargo directivo, al término de su gestión retornarán a su servicio y al mismo cargo que ocupaban antes de su elección siempre y cuando el cargo se mantenga vigente. CAPITULO V DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL Artículo 39°.- La Secretaría General del Consejo Ejecutivo Nacional es la representante legal y la más alta autoridad ejecutiva del SINESSS; en su ausencia será reemplazada en orden de jerarquía: Sub Secretaría General, Secretaría de Organización o Secretaría de Defensa. DE LA SECRETARÍA GENERAL Artículo 40°.- Son deberes y atribuciones de la Secretaría General: a) Representar al SINESSS ante las autoridades públicas, administrativas, políticas, municipales y en los juicios en que el SINESSS sea parte, con las facultades generales y especiales del mandato, contenidas en el artículo 74º y 75º del C.P.C. (Código Procesal Civil). b) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Ejecutivo Nacional y de la Plenaria Nacional de Delegadas (os). [ 39 ]