Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 40
ESTATUTO MODIFICADO 2018, 22-23 NOVIEMBRE, LIMA-PERÚ
Artículo 37°.-
Los miembros del Consejo Ejecutivo Nacional son responsables de los
acuerdos adoptados por el SINESSS. Los miembros que discreparan de
un acuerdo, para salvar su responsabilidad deberán hacer constar en
acta su discrepancia, sin embargo, adoptado un acuerdo la minoría se
somete a la mayoría.
Artículo 38°.-
Todos los descuentos salariales que se hagan a los miembros del Consejo
Ejecutivo Nacional durante el ejercicio de las funciones inherentes a sus
cargos serán reembolsados por el SINESSS mientras dure su gestión,
según su modalidad de trabajo. Las agremiadas que fueron elegidas
para ocupar un cargo directivo, al término de su gestión retornarán a su
servicio y al mismo cargo que ocupaban antes de su elección siempre y
cuando el cargo se mantenga vigente.
CAPITULO V
DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL
Artículo 39°.-
La Secretaría General del Consejo Ejecutivo Nacional es la representante
legal y la más alta autoridad ejecutiva del SINESSS; en su ausencia será
reemplazada en orden de jerarquía: Sub Secretaría General, Secretaría
de Organización o Secretaría de Defensa.
DE LA SECRETARÍA GENERAL
Artículo 40°.-
Son deberes y atribuciones de la Secretaría General:
a) Representar al SINESSS ante las autoridades públicas, administrativas,
políticas, municipales y en los juicios en que el SINESSS sea parte,
con las facultades generales y especiales del mandato, contenidas
en el artículo 74º y 75º del C.P.C. (Código Procesal Civil).
b) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Ejecutivo Nacional y de
la Plenaria Nacional de Delegadas (os).
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