Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Página 103
CO M P E N D I O 2 0 19
Son faltas graves:
a) Incumplir las disposiciones contenidas en el Estatuto y en el presente
reglamento.
b) Negarse a acatar o interferir directa o indirectamente el cumplimiento
de los acuerdos, resoluciones y demás obligaciones que emanen de
los Órganos de Gobierno del SINESSS.
c) Mal uso de las Licencias Sindicales.
d) Estar afiliada a otra organización sindical de ESSALUD.
e) Inasistencia injustificada a los piquetes, movilizaciones y no acatar
medidas de lucha.
f ) Alterar deliberadamente los resultados de las elecciones a los
órganos de gobierno del SINESSS.
g) Cometer injuria o difamación en contra del SINESSS o de algunos
de sus miembros, sea en forma verbal o escrita utilizando cualquier
medio de comunicación incluyendo las redes sociales.
h) Actuar bajo consignas de partidos políticos en la vida del SINESSS,
en provecho particular o de terceros.
i) Apropiación ilícita y malversación de los bienes, fondos y patrimonio
del SINESSS, en beneficio propio o de terceros.
j) Arrogarse indebidamente la representatividad del SINESSS.
Artículo 113°.-
Las sanciones son las siguientes:
Sanciones por faltas leves:
a) Amonestación verbal o escrita.
b) Multa desde 10% UIT hasta 50% UIT.
c) Suspensión temporal de los derechos de la agremiada(o).
Sanciones por faltas graves:
a) Inhabilitación para postular a un cargo directivo en forma
temporal no mayor de 3 años.
b) Inhabilitación para postular a un cargo directivo en forma
definitiva.
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