Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Página 103

CO M P E N D I O 2 0 19 Son faltas graves: a) Incumplir las disposiciones contenidas en el Estatuto y en el presente reglamento. b) Negarse a acatar o interferir directa o indirectamente el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones y demás obligaciones que emanen de los Órganos de Gobierno del SINESSS. c) Mal uso de las Licencias Sindicales. d) Estar afiliada a otra organización sindical de ESSALUD. e) Inasistencia injustificada a los piquetes, movilizaciones y no acatar medidas de lucha. f ) Alterar deliberadamente los resultados de las elecciones a los órganos de gobierno del SINESSS. g) Cometer injuria o difamación en contra del SINESSS o de algunos de sus miembros, sea en forma verbal o escrita utilizando cualquier medio de comunicación incluyendo las redes sociales. h) Actuar bajo consignas de partidos políticos en la vida del SINESSS, en provecho particular o de terceros. i) Apropiación ilícita y malversación de los bienes, fondos y patrimonio del SINESSS, en beneficio propio o de terceros. j) Arrogarse indebidamente la representatividad del SINESSS. Artículo 113°.- Las sanciones son las siguientes: Sanciones por faltas leves: a) Amonestación verbal o escrita. b) Multa desde 10% UIT hasta 50% UIT. c) Suspensión temporal de los derechos de la agremiada(o). Sanciones por faltas graves: a) Inhabilitación para postular a un cargo directivo en forma temporal no mayor de 3 años. b) Inhabilitación para postular a un cargo directivo en forma definitiva. [ 102 ]