esta práctica, continúa principalmente en países industrializados en muchas partes del mundo, este tipo de acciones atentan contra la salud del menor, ya que lo privan no solo de un alimento adecuado, sino de la relación afectiva que pueda establecer con su madre.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad.
Fórmulas para lactantes
ARTÍCULO 25. La publicidad y la promoción publicitaria de fórmulas para lactantes deberán:
I. Fomentar la lactancia materna, para lo cual señalará claramente los beneficios de ésta;
II. Indicar expresamente que el uso de las fórmulas para lactantes se recomienda únicamente en los siguientes casos: a. Por intolerancia del niño a la leche materna, b. Por ausencia de la madre y c. Por incapacidad de la madre para dar leche o por cualquier otra razón sanitaria fundada, y III. Incluir información sobre el manejo correcto de las fórmulas, su preparación y los cuidados específicos a los que hay que someter los biberones antes de ofrecerlos a los lactantes.( Presidencia de la República., 2002)
2. Argumentación
Esta ley la considero de efecto negativo, ya que al llevar a cabo la revisión de anuncios publicitarios sobre las fórmulas para lactantes y menores, ninguna de estos cumple con todos los lineamientos que en materia de publicidad este reglamento establece, por lo tanto no existe un respeto ni valor, hacia la dignidad de la persona, ya que al omitir información en cuanto al tipo alimentación que el