el presindente
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El Presidente Constitucional de la República del Perú es el jefe de Estado y de Gobierno
de la República del Perú. Personifica a la Nación Peruana, es el jefe del poder ejecutivo y
jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del Perú. Así mismo, el cargo corresponde a
la más alta magistratura del país y al funcionario público de mayor jerarquía.
Le corresponde, como mandato genérico, dirigir la política general del gobierno y la
administración del Estado. Si bien su papel, título y significación han experimentado
cambios a lo largo de la historia, al igual que su posición y relaciones con los demás
actores de la organización política nacional, ha sido y es la figura política más destacada.
La Constitución Política del Perú vigente (1993) establece los requisitos, los derechos y
las obligaciones que debe cumplir el Presidente de la República.
Los presidentes cumplen funciones desde la Casa de Pizarro, ubicada en el centro histórico
de Lima, que es el Palacio de Gobierno del Perú y la Casa de Gobierno de Lima -mención con
la que se datan los documentos oficiales-. Este palacio, ocupa el mismo emplazamiento que le
correspondió al conquistador y gobernador, Francisco Pizarro y donde posteriormente se ubicó
el Palacio de los Virreyes del Perú.
Recibe el tratamiento protocolar de Excelentísimo Señor, acompañado de su grado académico y
nombre: Excelentísimo Señor Presidente Constitucional de la República, señor Ollanta Humala
Tasso. Del mismo modo, recibe los demás tratamientos y honores según el Decreto Supremo
096-2005-RE. Ceremonial de Protocolo del Estado y Regional.
En la actualidad, el cargo es ejercido por un período de 5 años sin posibilidad de
reelección inmediata. Luego de un período constitucional, como mínimo, quien haya ejercido
el cargo puede volver a postular. El cambio de mando se realiza cada cinco años, el 28 de
julio, que es el día nacional, en el Congreso de la República.
Ollanta Humala Tasso es el actual Presidente Constitucional, desde el 28 de julio de 2011.
-Promulgar, mandar ejecutar, guardar, y cumplir las leyes, decretos y resoluciones del
Congreso, y expedir las providencias indispensablemente necesarias para su efecto.
-Tiene el mando supremo de la fuerza armada.
-Ordenar lo conveniente para que se verifiquen las elecciones populares en los días señalados
por la Constitución.
-Declarar la guerra a consecuencia de la resolución del Congreso.
-Entrar en tratados de paz y de alianza, y otros convenios procedentes de relaciones
extranjeras con arreglo a la Constitución.
-Decretar la inversión de los caudales destinados por el Congreso a los diversos ramos de la
administración pública.
-Nombrar los oficiales del ejército y armada, y de Coronel inclusive para arriba, con
acuerdo y consentimiento del Senado.
-Nombrar por si los Ministros de Estado; y los agentes diplomáticos de acuerdo con el
Senado.
-Velar sobre la exacta administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados y sobre el
cumplimiento de las sentencias que éstos pronunciaran. Establecer el Juicio por tribunales
de Jurados.
-Dar cuenta al Congreso en cada Legislatura de la situación política y militar de la
República, indicando las mejoras o reformas convenientes en cada ramo.
Entre muchas otras funciones !del presidente