Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Seite 104

ANEXO CERTIFICACIÓN DE FALLOS “SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” SALA LABORAL – CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CERTIFICACIÓN La Infrascrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia; Certifica: La Sentencia que literalmente dice: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA LABORALCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Tegucigalpa, M.D.C., a los un dia del mes de diciembre de dos mil quince. VISTO: Para dictar sentencia el Recurso de Casación por Infracción de Ley formalizado ante este Tribunal de Justicia en fecha veintitrés de septiembre de dos mil quince, por el abogado JOSUE NAHUN CASTRO COREA, mayor de edad, casado, hondureño y de este domicilio, en su condición de representante procesal del INSTITUTO NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO (INJUPEMP), en relación a la demanda ordinaria laboral para que se declare de naturaleza laboral y por tiempo indefinido una relación originada por la celebración de una serie de contratos, se le re categorice según su formación profesional conforme a lo dispuesto en la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las personas con discapacidad y pago de una indemnización laboral, interpuesta ante el Juzgado de Letras del Trabajo del departamento de Francisco Morazán, en fecha seis de marzo del dos mil catorce, por la señora ESTEFANI CLAROS MADRID, mayor de edad, soltera, Técnico en Computación, hondureña y de este domicilio, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO (INJUPEMP), por medio de su Directora Ejecutiva y Representante Legal señora MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA. El recurso de casación se interpuso contra la sentencia de fecha diecisiete de junio del dos mil quince, dictada por la Corte de Apelaciones del Trabajo de Francisco Morazán, que falló CONFIRMANDO, la sentencia de fecha ocho de abril del dos mil quince, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo del Trabajo de Francisco Morazán, que en su parte conducente dice: “FALLA: 1) DECLARANDO CON LUGAR LA DEMANDA promovida por ESTEFANI CLAROS MADRID contra el INSTITUTO NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO (INJUPEMP) a través de su Representante Legal y Directora Ejecutiva MARTA DOB