ManualD_MarlenMendoza_1AD PROYECTO DE ARCHIVÍSTICA | Page 24
DERECHO PROCESAL: Regula los medios y formas a través de los que los/as
particulares ejercen su derecho ante los tribunales.
DEROGACIÓN: Acto por el que una disposición legal se revoca, anula o abole.
Puede ser expresa, si otra ley lo manifiesta, o tácita, si una ley posterior es contraria.
DISOLUCIÓN: Desaparición de una sociedad como persona jurídica, liquidándose
la misma y repartiendo el patrimonio entre los/as accionistas, proporcionalmente a
su participación en el capital social.
E
EMBARGO: Es la retención, por orden del juzgado, de los bienes de una persona
deudora hasta que pague sus deudas o se proceda a subastar dichos bienes para
liquidarlas.
EMPRESARIO/A INDIVIDUAL: Aquella persona que desarrolla una actividad
económica sin personalidad jurídica aparte de la suya.
ENAJENACIÓN: Acto jurídico de transmisión a otras personas del derecho sobre
una cosa que nos pertenece.
ENDOSO: Es una operación por la que una persona o entidad transfiere a otra la
propiedad de un crédito que tiene.
ESCRITURA PÚBLICA: Escrito autorizado por notario/a o funcionario/a con poder
legal para dar fe pública.
ESTATUTOS SOCIALES: Normas que al construir una sociedad regulan su
funcionamiento.
F
FUNDACIÓN: Entidad benéfica fundada con los bienes de una persona
determinada y con los fines establecidos por ésta.
H
HIPOTECA: Es un contrato formal por el que una persona o entidad, denominada
deudora hipotecaria, grava bienes, inmuebles o derechos reales susceptibles de
enajenación, como garantía del cumplimiento de una obligación a favor de otra