Generalmente, el término "derecho arancelario" indica la clasificación
exacta de la mercancía, y por ende, la tasa que debe pagar una mercancía
por entrar o salir de un país. Por su parte, la palabra "arancel" es
utilizada para denotar la lista de mercancías con sus respectivos derechos
Aduanales, que serán pagados al gobierno por parte de los importadores
De los productos.
ARRENDAMIENTO:
Contrato en que una de las partes, el arrendador, transfiere por un determinado
Periodo de tiempo, el derecho de utilizar un activo físico o de un
Servicio a la otra parte, el arrendatario, quien a su vez debe pagar por la
Cesión temporal de ese derecho un precio previamente estipulado entre
Ellos.
AVAL:
Garantía de pago que otorga un tercero extraño en una letra de cambio
O en un pagaré.
El avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones
Que el librador y los endosantes en la letra y del deudor principal en el
Pagaré.
BALANZA COMERCIAL:
Parte de la Balanza de Pagos que registra sólo las transacciones de bienes
De un país con el resto del mundo durante un periodo determinado.
Cuando el valor de las importaciones excede el valor de las exportaciones,
Se dice que la balanza comercial está en déficit.
Cuando la situación es a la inversa, se dice que la balanza comercial
Tiene superávit.
BALANCE CONTABLE:
Estado contable que muestra el total de activos, el total de pasivos y el
Patrimonio de una empresa en un momento del tiempo.