COMPAÑIA DE SEGUROS: Sociedad anónima que tiene por objeto exclusivo el giro
de los seguros y las actividades que sean afines y complementarias de éste. Se dividen
en seguros generales y de vida.
COMPRAVENTA: Contrato por el cual una parte (vendedor) se obliga a entregar a la
otra parte (comprador) una cosa y transmitirle su dominio, y el adquiriente a
su vez obliga a pagar cierto precio en dinero.
CONCILIACIÓN BANCARIA: Proceso Sistemático de comparación entre los ajustes
contable de una cuenta corriente realizada por el banco y la cuenta de bancos
correspondientes en la contabilidad de una empresa, con una explicación de
las diferencias encontradas.
CONSUMIDOR: Todo agente económico que demanda bienes y servicios de consumo
para satisfacer alguna necesidad específica.
CONSUMO: Acción por la cual los diversos bienes y servicios son usados o aplicados
a los fines a que están destinados, ya sea satisfaciendo las necesidades
de los individuos o sirviendo los propósitos de la producción.
La economía considera el consumo como el fin esencial de la actividad
económica.
CONTABILIDAD: Es un sistema de información basado en el registro, clasificación,
medición y resumen de cifras significativas que expresadas básicamente en términos
monetarios, muestra el estado de las operaciones y transacciones
realizadas por un ente económico contable.
CONTINGENTES: En comercio internacional, un método para proteger la industria
nacional de la competencia exterior o para reducir la presión en la balanza de
pagos limitando las importaciones. Con fines proteccionistas, el contingente
es más seguro que el arancel o tarifa en sus efectos sobre la cantidad
de importaciones.
CONTRATO: Es un acto por el cual una parte se obliga para con otra dar, hacer o no
hacer, alguna cosa.
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que se obligan a dar y
hacer algunas cosas o realizaciones conjuntas.
Lo normal es que, mediante procedimientos legales, las partes que han
sumido una obligación contractual pueden ser forzadas a su cumplimiento.
CONTRIBUCIÓN: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios
derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales