BENEFICIARIO/A: Persona física o jurídica que recibe indemnización por parte de
la compañía de seguros que, mediante contrato o póliza de seguros, cubre el
siniestro ocurrido.
CAPACIDAD DE OBRAR: Idoneidad de una persona para realizar actos jurídicos
y ejercer sus derechos con validez. No poseen esta capacidad aquellas personas
que carecen de la efectiva capacidad de querer (por causas como enfermedad,
minoría de edad, etc.).
CAPACIDAD JURÍDICA: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones,
adquirida al nacer.
CAPITAL: Valor de los bienes en propiedad de una persona o empresa. Se puede
utilizar como anónimo de fondos propios, esto es, capital social más reservas.
CAPITAL ESCRITURADO: Es el capital aportado por los/as accionistas de una
sociedad, que figura en la escritura de constitución con las modificaciones que
legalmente se realicen, puede estar desembolsado totalmente o no.
CAPITAL SOCIAL: Capital aportado por los/as accionistas que constituye el
patrimonio social que les otorga sus derechos sociales. Su ampliación o reducción
deberá cumplir una serie de requisitos formales para garantía de personas
acreedoras potenciales.
CHEQUE: Es una orden de pago a la vista, pura y simple, que permite a su librador
o libradora retirar en beneficio propio, o en el de una tercera persona, los fondos
que tiene disponibles en el banco.
CITACIÓN: Convocatoria ante la autoridad judicial que especifica el lugar, fecha y
hora en la que debe presentarse la persona citada.