Capacitar: Hacer a uno apto, habilitarlo para alguna cosa.
Compensación: La Compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre sí"
(debiti et crediti inter se contributio); por su parte Pampolio en la misma línea nos dice que
" Más ventajoso resulta al acreedor y deudor no pagar que volver a pedir lo ya pagado.
Condiciones de trabajo: Como las normas que fijan los requisitos para la defensa de la
salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que
determinan las prestaciones que deben percibir los hombres por su trabajo.
Conflicto colectivo de trabajo: Cuando se plantea una situación conflictiva entre el
empresario y una pluralidad de trabajadores siempre y cuando afecte intereses generales de
estos.
Contratación: Acto por el cual una persona se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer
alguna cosa.
Contrato: La concepción de contrato que debe entenderse actualmente vigente, realmente,
no es otra que la recogida en el CC, pero pasada por el tamiz de la actual realidad socio-
jurídica, con la carga protectora que ello conlleva. Por ello, parece posible entender el
contrato como el "acuerdo de voluntades de los participantes (generalmente, dos partes)
relativo a un dar, hacer o no hacer algo, mediante el cual surge un entramado de
obligaciones y derechos fruto de dicho pacto (que, mientras en algunos casos, serán
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