Manual Digital MANUAL OMARLI R | Page 91

Capacitar: Hacer a uno apto, habilitarlo para alguna cosa. Compensación: La Compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre sí" (debiti et crediti inter se contributio); por su parte Pampolio en la misma línea nos dice que " Más ventajoso resulta al acreedor y deudor no pagar que volver a pedir lo ya pagado. Condiciones de trabajo: Como las normas que fijan los requisitos para la defensa de la salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que determinan las prestaciones que deben percibir los hombres por su trabajo. Conflicto colectivo de trabajo: Cuando se plantea una situación conflictiva entre el empresario y una pluralidad de trabajadores siempre y cuando afecte intereses generales de estos. Contratación: Acto por el cual una persona se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Contrato: La concepción de contrato que debe entenderse actualmente vigente, realmente, no es otra que la recogida en el CC, pero pasada por el tamiz de la actual realidad socio- jurídica, con la carga protectora que ello conlleva. Por ello, parece posible entender el contrato como el "acuerdo de voluntades de los participantes (generalmente, dos partes) relativo a un dar, hacer o no hacer algo, mediante el cual surge un entramado de obligaciones y derechos fruto de dicho pacto (que, mientras en algunos casos, serán 91