luego de determinado tiempo de servicio a consecuencia de accidente de trabajo o
enfermedad profesional.
Plan de prevención de riesgos: Debe incluir como contenido la propia estructura
organizada, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos y los
procesos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa.
Prestaciones: El salario en efectivo y los bienes que obtiene un trabajador como producto
de una actividad sujeta a una relación de trabajo.
Presunción: Acción y efecto de presumir. La que la ley mantiene mientras no se produzca
prueba en contrario.
Prevención de riesgos laborales: Es el derecho a la protección de su integridad física y a
la adopción de una adecuada política de seguridad e higiene en el ámbito laboral.
Prevenir: Prevenir puede definirse de muchas maneras: preparar, aparejar y disponer con
anticipación; precaver; evitar; estorbar o impedir una cosa; advertir, avisar o informar;
disponer con anticipación, prepararse de antemano para una cosa. Proteger significa
amparar, defender, favorecer.
Previsión: Es la habilidad de anticipar y prepararse contra cualquier eventualidad, en otras
palabras es prever el peligro, así como la forma en que esas condiciones se desarrollarán y
cerciorarse de que no pondrán en peligro el vehículo que se conduce.
Previsión social: La Previsión Social se conceptualiza como "la política y las instituciones
que proponen contribuir a la preparación y ocupación del trabajador, a facilitarle una vida
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