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MANUAL DIGITAL
Delegación de poderes: Acto de conferir
capacidad de representación y actuación a
otra persona.
Demanda: Instrumento legal para
conseguir la reparación de un derecho
violado en un juicio. Expresa y numera los
hechos y fundamentos en los que se basa
la reclamación judicial.
Denominación social: Nombre social o
razón social.
particulares ejercen su derecho ante los
tribunales.
Derogación: Acto por el que una
disposición legal se revoca, anula o abole.
Puede ser expresa, si otra ley lo manifiesta,
o tácita, si una ley posterior es contraria.
Disolución: Desaparición de una sociedad
como persona jurídica, liquidándose la
misma y repartiendo el patrimonio entre
los/as accionistas, proporcionalmente a su
participación en el capital social.
Denuncia: Puesta en conocimiento de la
autoridad la comisión de un acto contrario a
la ley. Es obligatoria en el momento de
conocimiento de un delito.
Derecho: Facultad inviolable de hacer o
exigir algo. Conjunto de leyes a las que se
someten y acogen los entes con
personalidad propia.
Derecho mercantil: Rama del derecho
privado que comprende normas jurídicas
relativas a los empresarios y empresarias, y
al ejercicio de su actividad.
Derecho natural: Primeros valores de
justicia inspirados en la naturaleza y que
trata de realizar el derecho como ideal.
Derecho penal: Normas que definen los
delitos o faltas y la pena correspondiente
impuesta por el Estado.
Derecho político: Leyes que se refieren al
ejercicio del poder político y la relación con
las personas.
Derecho privado: Regula las relaciones de
los/as particulares entre sí, basándose en
su igualdad jurídica y autodeterminación.
Derecho procesal: Regula los medios y
formas a través de los que los/as
Embargo: Es la retención, por orden del
juzgado, de los bienes de una persona
deudora hasta que pague sus deudas o se
proceda a subastar dichos bienes para
liquidarlas.
Empresario/a individual: Aquella persona
que desarrolla una actividad económica sin
personalidad jurídica aparte de la suya.
Enajenación: Acto jurídico de transmisión
a otras personas del derecho sobre una
cosa que nos pertenece.
Endoso: Es una operación por la que una
persona o entidad transfiere a otra la
propiedad de un crédito que tiene.
Escritura pública: Escrito autorizado por
notario/a o funcionario/a con poder legal
para dar fe pública.
Estatutos sociales: Normas que al
construir una sociedad regulan su
funcionamiento.