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las socias, la Junta General de Accionistas
y la ley. Arrendatario/a: Persona que toma una
cosa en arriendo.
Afiliación: Acción por la que una persona
física o jurídica entra a formar parte de una
asociación. La persona que se afilia
(afiliado/afiliada) está obligado/a a
participar de las obligaciones, cumplir los
estatutos y colaborar para la consecución
de los objetivos de dicha asociación. Asociación: Agrupación regida por la
voluntad de quienes la componen y cuyo fin
es la consecución de objetivos comunes no
lucrativos.
Agente: Aquella persona que tiene
facilidad para actuar con autoridad y efecto
jurídico, generalmente en representación
de otra persona con el conveniente poder
legal.
Ampliación de capital: En sociedades
mercantiles, y previa autorización de la
Junta General de Accionistas y del Consejo
de Administración, acto jurídico mediante el
que se incrementa el capital social con
emisión de nuevas acciones o aumento del
valor nominal de las mismas. Se realiza en
escritura pública y se inscribe en el
Registro Mercantil.
Aval: Acto por el que una persona
denominada avalista responde del pago de
una letra de cambio o deuda, en el caso de
que ésta no sea abonada por las personas
obligadas.
Beneficiario/a: Persona física o jurídica
que recibe indemnización por parte de la
compañía de seguros que, mediante
contrato o póliza de seguros, cubre el
siniestro ocurrido.
Apelación: Recurso presentado ante el
juzgado o tribunal en el que se pide se
anule o enmiende una sentencia gravosa o
injusta.
Apoderado/a: Persona que, con poder
notarial, posee determinadas facultades de
representación legal.
Arrendador/a: Aquella persona que da en
arrendamiento alguna cosa.
Arrendamiento: Contrato por el que se
cede el uso y disfrute de bienes materiales,
obras o servicios a cambio de un precio
determinado y durante un tiempo
específico. No puede constituirse a
perpetuidad.
Capacidad de obrar: Idoneidad de una
persona para realizar actos jurídicos y
ejercer sus derechos con validez. No
poseen esta capacidad aquellas personas
que carecen de la efectiva capacidad de
querer (por causas como enfermedad,
minoría de edad, etc.).