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Principal- Cantidad de dinero que se ha prestado y sobre la cual se computa y han de pagar intereses.
Recargo- Importe que frecuentemente se agrega a un contrato de pago en una venta a plazos, para cubrir los gastos de venta y administrativos, los intereses, riesgos y algunas veces también otros factores.
Refinanciamiento-Sustitución de una deuda con otra nueva.
Reglamentación Financiera – Conjunto de leyes y reglamentos para proteger a los consumidores que utilizan crédito y a los inversionistas, así como para garantizar la solvencia y solidez del sistema financiero de un país.
Tarjeta de crédito – Tarjeta plástica emitida por un acreedor quepermite a los individuos obtener dinero prestado y adquirir bienes o servicios según un acuerdo de crédito previamente establecido.
Tasa fija- Es una tasa de interés aplicable al principal de un préstamo o contrato de crédito que se establece desde el principio y no cambia en ningún momento mientras dure el contrato.
Tasa variable- Es una tasa de interés aplicable al principal de un préstamo o contrato que puede aumentar o reducirse mientras dure el contrato. Usualmente, los cambios en la tasa no pueden pasar de ciertos mínimos o máximos acordados en el contrato.
Tasa primaria( prime rate)- Tasa de interés que imponen los principales bancos en préstamos de corta duración a clientes con buenas clasificaciones de crédito.
DEPOSITOS Y PAGOS APY( Annual Percentage Yield)- Tasa de rendimiento real en cuentas de depósito.
Certificado de Depósito( CD)- Es una cuenta de depósito a plazo fijo que se evidencia en un documento emitido como recibo en el que se hace constar: el plazo, la tasa de interés y otras condiciones, entre ellas que no puede retirarse antes del vencimiento pactado sin penalidad.
COSSEC( Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de las Cooperativas de Puerto Rico)- Supervisa las cooperativas de ahorro y crédito en Puerto Rico y asegura sus depósitos hasta $ por depositante.
Cuenta corriente o de cheques- Depósito en una institución financiera sujeto a retiros sin previo aviso, generalmente mediante la emisión de cheques. Se conoce también como un depósito a la vista( o a la demanda).