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o práctica de algún acto procesal o el ejercicio de un derecho, éste se considerará como de 3
días hábiles.
Para el cómputo de los términos, los meses se considerarán como de treinta días naturales,
y los días hábiles de veinticuatro horas naturales contadas de las veinticuatro a las
veinticuatro horas, salvo disposición contraria en la Ley.
Cuando el domicilio de la persona demandada se encuentre fuera del lugar de residencia de
la Junta, en función de la distancia se concederá además del término determinado un día más
por cada 200 kilómetros, o bien de 3 a 12 días tomando en cuenta los medios de comunicación
existentes.
En los términos concluidos no se tendrá que acusar rebeldía, esto es, que la autoridad
procederá de oficio y las partes tendrán por perdido el derecho que debieron ejercitar.
TERMINACION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO.- Son causas de terminación
de la relación de trabajo. Mutuo consentimiento de las partes.
Muerte del trabajador. Terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del
capital Incapacidad física o mental o inhabilitación manifiesta del trabajador, que haga
imposible la prestación del trabajo.
TRABAJADOR.- Configura al trabajador como sujeto del contrato de trabajo y lo será quien
voluntariamente preste sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de
organización y dirección
TRABAJO.- Es un derecho y un Deber sociales, no es un artículo de comercio y exige
respeto para quien lo presta debiendo asegurar un nivel económico decoroso para el
trabajador y su familia, no debe haber distinción entre los trabajadores x motivos de sexo,
raza, edad, religión, doctrina política o condición social.