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SEGURO: Es un contrato por el cual una persona o entidad, denominada aseguradora, se
compromete a indemnizar a otra, denominada asegurada, dentro de los límites acordados en
el mismo, en el caso de que ocurriera un siniestro o un hecho convenido, a cambio de pagar
una cantidad de dinero llamada prima.
SEGURO DE CAMBIO: Operación que pueden realizar las personas exportadoras e
importadoras de bienes o servicios, para asegurar el contravalor en euros de los reembolsos
o pagos derivados de operaciones comerciales con el exterior y que deben realizarse en
moneda extranjera en un futuro inmediato.
SENTENCIA: Resolución judicial que decide acerca de las cuestiones en pleito dentro de
un proceso judicial. La sentencia es firme cuando no cabe contra ella recursos de ningún tipo.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: Ausencia de respuesta explícita por parte de la
Administración en el tiempo marcado para contestar a las peticiones presentadas.
Generalmente, y salvo casos expresamente determinados, equivale a la denegación de lo
solicitado.
SOCIO/A: Aquella persona que asociado/a a otros/as forma una sociedad mercantil con fines
lucrativos y siendo partícipe de beneficios y pérdidas.
SOCIO/A CAPITALISTA: El socio o la socia que aporta capital a una sociedad mercantil,
con el fin de participar en las futuras ganancias.
SOCIO/A INDUSTRIAL: El socio o la socia que aporta servicios y conocimientos
profesionales o técnicos a la sociedad, con el fin de participar en las futuras ganancias.
SOCIEDAD: Entidad con personalidad jurídica, formada con contratos, que reúne a varias
personas que ponen en común bienes o industrias con ánimo de lucro.
SOCIEDAD ANÓNIMA: Sociedad mercantil cuyo capital se divide en acciones y que está
formado por la aportación de los/as socios/as, aunque éstos/as no responden, con sus bienes
personales, de las posibles deudas de la sociedad.
SOCIEDAD CIVIL: Aquélla formada sin fines mercantiles y bajo las normas
jurídicociviles.