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TERMINOLOGÍA DE DERECHO LABORAL causa quién, “explotando la ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria de otro”, obtiene una desproporcionada ventaja, disminuyendo injustamente el patrimonio de la otra parte (a. 17 CC). La razón histórica por la que el legislador introdujo la regulación de la lesión surgió cuando en el pos clasicismo romano los jurisconsultos imbuidos de la idea cristiana de que en los contratos debía de existir una igualdad. . LIQUIDACION: Documento en el que se consignan los datos generales o características de una operación dada, con la indicación de la partida presupuestaria que se afecta para realizar algún pago derivado de una obligación a cargo del Gobierno Federal, o para efectuar algún movimiento de tipo presupuestario y que sirve de sustentación para el documento presupuestario, que debe expedirse según la naturaleza de la operación. disposición del patrón para prestar su trabajo. JORNADA DE TRABAJO: Tiempo durante el cual dura el trabajo sin que pueda exceder de los máximos legales. JUBILACIÓN: Proceso por el cual se pone fin a la vida laboral activa de una persona. Implica un cambio global de la situación vital (individual, social, económica y legal) de la persona que se retira de la vida laboral. La transición del trabajo a la jubilación implica el inicio de una nueva etapa vital, con diferencias respeto a lo anterior en lo personal y colectivo. En lo personal implica un cambio de sus hábitos diarios, de su nivel de vida. En lo social supone una pérdida de su estatus de trabajador activo económica y socialmente. Todo cambio requiere de ajuste y adaptación y por eso es importante la preparación de quienes deben experimentarlo. Aunque la jubilación es un derecho muchas personas continúan activas laboralmente de forma total o parcial después de la jubilación. MEDIDAS DE SEGURIDAD: Providencia, con carácter preventivo para la sociedad y la corrección para el sujeto, se adoptan con los individuos que se encuentran en el estado peligroso desde el punto de vista de la defensa social de carácter general. LESIONES: (Del latín lesión- Onís, cualquier daño, perjuicio o detrimento). Se entiende por lesión el daño que 59