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TERMINOLOGÍA DE DERECHO LABORAL
ACCIDENTE DE TRABAJO:
AUTORIDAD LABORAL:
Es aquella que se encarga de
resolver los conflictos que se
suscitan entre los patronos y
trabajadores.
Se considera toda lesión orgánica
o perturbación funcional, inmediata
o posterior, o la muerte, producida
repentinamente en ejercicio, o con
motivo del trabajo, cualquiera que
sea el lugar y el tiempo en que
dicho trabajo se preste.
AUTORIDADES LABORALES:
Es aquella que se encarga de
resolver los conflictos que se
suscitan entre los patronos y
trabajadores.
ADIESTRAMIENTO:
Norma establecida en la Ley
Federal del Trabajo que obliga a
toda entidad o empresa a
proporcionar
capacitación
y
adiestramiento a sus trabajadores,
para elevar la producción y
productividad y contribuir al logro
de objetivos institucionales o
empresariales, para lo cual es
necesario que todo el personal
participe
activamente.
La
capacitación y adiestramiento tiene
los
siguientes
objetivos.
Entrenamiento es la repetición
mecánica de un acto bueno o
malo. Adiestramiento es el correcto
aprendizaje de tus habilidades.
Entrenamiento es la repetición
mecánica de un acto bueno o
malo.
BENEFICIARIO:
Es la persona en cuyo favor se ha
constituido un seguro, contrato,
herencia, pensión etc. es la
persona que goza de un territorio,
predio u usufructo que recibió.
Relativo a quien se le da una
ventaja.
CAPACITAR:
Hacer a uno apto, habilitarlo para
alguna cosa.
COMPENSACION:
La
Compensación
es
la
contribución de una deuda y de un
crédito entre sí" (debita Y crédito
inter se contributivo); por su parte
Pampo lio en la misma línea nos
dice que " Más ventajoso resulta al
acreedor y deudor no pagar que
volver a pedir lo ya pagado.
ASEGURADO:
Persona a quien beneficia o
favorece, contrato de seguro
especialmente de los llamados de
vida.
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