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TERMINOLOGÍA DE DERECHO LABORAL ACCIDENTE DE TRABAJO: AUTORIDAD LABORAL: Es aquella que se encarga de resolver los conflictos que se suscitan entre los patronos y trabajadores. Se considera toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. AUTORIDADES LABORALES: Es aquella que se encarga de resolver los conflictos que se suscitan entre los patronos y trabajadores. ADIESTRAMIENTO: Norma establecida en la Ley Federal del Trabajo que obliga a toda entidad o empresa a proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, para elevar la producción y productividad y contribuir al logro de objetivos institucionales o empresariales, para lo cual es necesario que todo el personal participe activamente. La capacitación y adiestramiento tiene los siguientes objetivos. Entrenamiento es la repetición mecánica de un acto bueno o malo. Adiestramiento es el correcto aprendizaje de tus habilidades. Entrenamiento es la repetición mecánica de un acto bueno o malo. BENEFICIARIO: Es la persona en cuyo favor se ha constituido un seguro, contrato, herencia, pensión etc. es la persona que goza de un territorio, predio u usufructo que recibió. Relativo a quien se le da una ventaja. CAPACITAR: Hacer a uno apto, habilitarlo para alguna cosa. COMPENSACION: La Compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre sí" (debita Y crédito inter se contributivo); por su parte Pampo lio en la misma línea nos dice que " Más ventajoso resulta al acreedor y deudor no pagar que volver a pedir lo ya pagado. ASEGURADO: Persona a quien beneficia o favorece, contrato de seguro especialmente de los llamados de vida. 55