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TERMINOLOGÍA DE FINANCIERA
accionistas, proporcionalmente a
su participación en el capital social.
FUNDACIÓN:
Entidad benéfica fundada con los
bienes
de
una
persona
determinada y con los fines
establecidos por ésta.
EMBARGO:
Es la retención, por orden del
juzgado, de los bienes de una
persona deudora hasta que pague
sus deudas o se proceda a
subastar dichos bienes para
liquidarlas.
HIPOTECA:
Es un contrato formal por el que
una
persona
o
entidad,
denominada deudora hipotecaria,
grava
bienes,
inmuebles
o
derechos reales susceptibles d
enajenación, como garantía del
cumplimiento de una obligación a
favor de otra persona o entidad,
denominada acreedora hipotecaria.
Para que el contrato sea válido, es
necesario que se inscriba en el
Registro de la Propiedad.
EMPRESARIO/A INDIVIDUAL:
Aquella persona que desarrolla
una actividad económica sin
personalidad jurídica aparte de la
suya.
ENAJENACIÓN:
Acto jurídico de transmisión a otras
personas del derecho sobre una
cosa que nos pertenece.
ENDOSO:
Es una operación por la que una
persona o entidad transfiere a otra
la propiedad de un crédito que
tiene.
INSTITUCIÓN:
Ente o asociación fundada, por lo
general, sin ánimo de lucro.
JURISDICCIÓN:
Atribuciones de persona o entidad
en una materia determinada y en
una zona determinada.
ESCRITURA PÚBLICA:
Escrito autorizado por notario/a o
funcionario/a con poder legal para
dar fe público.
ESTATUTOS SOCIALES:
Normas que al construir
sociedad
regulan
funcionamiento.
LETRA DE CAMBIO:
Documento mercantil extendido
por una persona (librador/a),que
ordena pagar a otra (librado/a) una
determinada suma de dinero a la
orden de una tercera (tenedor/a),
en una fecha y lugar especificado.
una
su
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