Presunción: Acción y efecto de presumir. La que la ley mantiene mientras no se
produzca prueba en contrario.
Prevención de riesgos laborales: Es el derecho a la protección de su integridad física y a
la adopción de una adecuada política de seguridad e higiene en el ámbito laboral.
Prevenir: Prevenir puede definirse de muchas maneras: preparar, aparejar y disponer con
anticipación; precaver; evitar; estorbar o impedir una cosa; advertir, avisar o informar;
disponer con anticipación, prepararse de antemano para una cosa. Proteger significa
amparar, defender, favorecer.
Previsión: Es la habilidad de anticipar y prepararse contra cualquier eventualidad, en
otras palabras es prever el peligro, así como la forma en que esas condiciones se
desarrollarán y cerciorarse de que no pondrán en peligro el vehículo que se conduce.
Previsión social: La Previsión Social se conceptualiza como "la política y las
instituciones que proponen contribuir a la preparación y ocupación del trabajador, a
facilitarle una vida cómoda e higiénica y a asegurarle