Incapacidad: La incapacidad es la disminución o pérdida de la aptitud para el trabajo,
como consecuencia de una alteración anatómica o funcional del cuerpo humano.
Indemnización: La obligación patronal de otorgar un pago extraordinario al trabajador,
en algunos casos, o a sus familiares en otros, en calidad de reparación económica por un
daño sufrido, ya sea en su persona o en su actividad
Inspección: (Del lat. inspectio, -onis). // Acción y efecto de inspeccionar. // f.Cargo y
cuidado de velar por algo. // Casa, despacho u oficina del inspector. //Der. Examen que
hace el juez por sí mismo, y en ocasiones con asistencia de los interesados y de peritos o
testigos, de un lugar o de una cosa, para hacer constar en acta o diligencia los resultados
de sus observaciones
Inspección de trabajo: La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo del
Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el
cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de
promoción y formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la
finalidad de prevenir o solucionar los conflictos o riesgos laborales entre trabajadores y
empleadores.
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