MANUAL DEL DOCENTE. BORRADOR FINAL. agosto 27 . 2013 | Page 56
ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan
cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre
la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el
demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación
ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo
sustentable de los recursos naturales.
3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de
materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se
garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones
ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales
protegidas estará a cargo del Estado.
Ordenanzas Municipales
Desde las normas de convivencia más locales en cada cantón se establecen normativas
que en forma de Ordenanzas, definen cuales son los comportamientos individuales y
colectivos para mantener ambientalmente una ciudad. En el caso del Distrito
Metropolitano de Quito, por ejemplo, la Ordenanza 332, establece lo que deben
hacer los y las ciudadanos/as para el cuidado del ambiente: no botar desperdicios en
el espacio público, mantener las veredas limpias frente a cada vivienda, no escupir ni
hacer las necesidades en la vía pública, respetar el horario del servicio de recolección,
reciclar, entre otras, el no cumplimiento contempla multas entre 50 y más de 1000
dólares.
OJO DIAGRAMADOR: EL CUADRO SALE
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