9.
10.
El jugador discapacitado visual tendrá derecho a valerse de un asistente, quien se encargará de
alguna o de todas las funciones siguientes:
a.
Realizar el movimiento de cualquiera de los jugadores en el tablero del adversario.
b.
Anunciar las movimientos de ambos jugadores.
c.
Encargarse de anotar la partida del discapacitado visual y poner en marcha el reloj del
adversario (teniendo en cuenta la regla 3.c).
d.
Informar al discapacitado visual, sólo a requerimiento de éste, del número de movimientos
completadas y del tiempo empleado por ambos jugadores.
e.
Reclamar la partida en caso de que se haya excedido el límite de tiempo e informar al árbitro
cuando el jugador no discapacitado haya tocado una de sus piezas.
f.
Llevar a cabo las formalidades necesarias en caso de que se aplace la partida.
Si el jugador discapacitado visual no se vale de un asistente, su adversario puede hacer uso de uno
que se encargue de las labores mencionadas en los puntos 9.(a) y 9.(b).
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