Artículo 9: La partida tablas
9.1
a.
Las bases del torneo podrán prohibir a los jugadores acordar tablas, bien antes de un número
concreto de movimientos o bien en ningún caso, sin el consentimiento del
árbitro.
Si se aplica esta regla en una competición, se debería comunicar a los jugadores en la invitación al torneo el
número concreto de movimientos o la prohibición del acuerdo. Es recomendable antes del inicio del torneo repetir
la regla del torneo. Ten en cuenta que esta regla sólo afecta al acuerdo de tablas. Los artículos 9.2, 9.3 y 9.6
siguen siendo de aplicación durante la partida entera.
b.
Sin embargo, si las bases del torneo permiten el acuerdo de tablas, se aplicará lo siguiente:
1.
Un jugador que desee ofrecer tablas deberá hacerlo después de haber realizado una
movimiento sobre el tablero y antes de pulsar su reloj. Una oferta en cualquier otro
momento de la partida será válida, pero se tendrá en consideración el Artículo 11.5. La
oferta no puede ir ligada a ninguna condición. En ambos casos, no se puede retirar la oferta y
mantiene su validez hasta que el adversario la acepte, la rechace bien verbalmente o bien
tocando una pieza con intención de moverla o capturarla, o la partida concluya de alguna
otra forma.
2.
La oferta de tablas será anotada por cada jugador en su planilla con el símbolo (=)
3.
Una reclamación de tablas conforme a los Artículos 9.2, 9.3 tendrá la consideración de una
oferta de tablas.
La secuencia correcta de una oferta de tablas es clara:
realizar una movimiento.
ofrecer tablas.
presionar el reloj.
Si un jugador se desvía de este orden, la oferta sigue siendo válida pero es de hecho incorrecta. En tal caso, el
árbitro debe sancionar al jugador de acuerdo con el art. 12.9
No se deben imponer condiciones. Algunos ejemplos: El jugador fuerza al adversario a que acepte la oferta en los
próximos 2 minutos. En un torneo por equipos: se ofrecen tablas a condición de que en otra partida del mismo
encuentro se abandone o se hagan tablas también. En ambos casos, la oferta de tablas es válida, pero no la
condición ligada.
Respecto al art. 9.1.b (3): Si un jugador reclama tablas, el adversario tiene la posibilidad de aceptarlas
inmediatamente. En este caso, el árbitro no tiene que verificar la corrección de la reclamación. Pero ten cuidado.
Si hay una restricción a las tablas (por ejemplo: no se permiten tablas antes de que se hayan completado 30
movimientos por parte de ambos jugadores) y la reclamación se ha efectuado antes de dicha movimiento (por
ejemplo, tras 28 movimientos), entonces la reclamación debe ser verificada por el árbitro en cualquier caso,
incluso aunque el oponente quisiera acordar tablas.
9.2
La partida es tablas, bajo una correcta reclamación del jugador que está en juego, cuando la misma posición,
al menos por tercera vez (no necesariamente por repetición de movimientos):
a.
va a producirse, si el jugador primero anota su movimiento que no puede ser cambiado en su planilla
y declara al árbitro su intención de realizarlo; o
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