Manual del Arbitro 2016 | Page 25

Artículo 9: La partida tablas 9.1 a. Las bases del torneo podrán prohibir a los jugadores acordar tablas, bien antes de un número concreto de movimientos o bien en ningún caso, sin el consentimiento del árbitro. Si se aplica esta regla en una competición, se debería comunicar a los jugadores en la invitación al torneo el número concreto de movimientos o la prohibición del acuerdo. Es recomendable antes del inicio del torneo repetir la regla del torneo. Ten en cuenta que esta regla sólo afecta al acuerdo de tablas. Los artículos 9.2, 9.3 y 9.6 siguen siendo de aplicación durante la partida entera. b. Sin embargo, si las bases del torneo permiten el acuerdo de tablas, se aplicará lo siguiente: 1. Un jugador que desee ofrecer tablas deberá hacerlo después de haber realizado una movimiento sobre el tablero y antes de pulsar su reloj. Una oferta en cualquier otro momento de la partida será válida, pero se tendrá en consideración el Artículo 11.5. La oferta no puede ir ligada a ninguna condición. En ambos casos, no se puede retirar la oferta y mantiene su validez hasta que el adversario la acepte, la rechace bien verbalmente o bien tocando una pieza con intención de moverla o capturarla, o la partida concluya de alguna otra forma. 2. La oferta de tablas será anotada por cada jugador en su planilla con el símbolo (=) 3. Una reclamación de tablas conforme a los Artículos 9.2, 9.3 tendrá la consideración de una oferta de tablas. La secuencia correcta de una oferta de tablas es clara: realizar una movimiento. ofrecer tablas. presionar el reloj. Si un jugador se desvía de este orden, la oferta sigue siendo válida pero es de hecho incorrecta. En tal caso, el árbitro debe sancionar al jugador de acuerdo con el art. 12.9 No se deben imponer condiciones. Algunos ejemplos: El jugador fuerza al adversario a que acepte la oferta en los próximos 2 minutos. En un torneo por equipos: se ofrecen tablas a condición de que en otra partida del mismo encuentro se abandone o se hagan tablas también. En ambos casos, la oferta de tablas es válida, pero no la condición ligada. Respecto al art. 9.1.b (3): Si un jugador reclama tablas, el adversario tiene la posibilidad de aceptarlas inmediatamente. En este caso, el árbitro no tiene que verificar la corrección de la reclamación. Pero ten cuidado. Si hay una restricción a las tablas (por ejemplo: no se permiten tablas antes de que se hayan completado 30 movimientos por parte de ambos jugadores) y la reclamación se ha efectuado antes de dicha movimiento (por ejemplo, tras 28 movimientos), entonces la reclamación debe ser verificada por el árbitro en cualquier caso, incluso aunque el oponente quisiera acordar tablas. 9.2 La partida es tablas, bajo una correcta reclamación del jugador que está en juego, cuando la misma posición, al menos por tercera vez (no necesariamente por repetición de movimientos): a. va a producirse, si el jugador primero anota su movimiento que no puede ser cambiado en su planilla y declara al árbitro su intención de realizarlo; o 25