Manual de reclutamiento y selección Manual de reclutamiento y seleccion 1 | Page 28
MANUAL DE
RECLUTAMIENTO Y
SELECCIÓN
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F. Elaboración: 10-12-
18
F. Revisión
Código: 206
Responsable: jefe Re
reclutamiento
y
selección
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia
Articulo 4:
Numeral 9: el estado desarrollara políticas dirigidas a las
mujeres victimas de violencia que carezcan de trabajo,
pudiendo ser insertadas en los programas, misiones y
proyectos de capacitación para el empleo, según lo permitan
las condiciones físicas y psicológicas en las cuales se
encuentren, si la mujer agredida tuviera una discapacidad
reconocida oficialmente que le impida u obstaculice el
acceso al empleo, recibirá una atención especial que permita
su inserción laboral y su capacitación. Para ello se
establecen programas, proyectos y misiones. El estado
creara excepciones tributarias a las empresas, cooperativas
y otros entes que promuevan el empleo. La inserción y
reinserción en el mercado laboral y productivo de las mujeres
victimas de la violencia de genero.