Manual de Organización Chapantongo, Hgo. 2016 -2020 Manual de Organización - Chapantongo v.1.0 | Page 37
Facultades y Obligaciones:
I.
Vigilar el cumplimiento de las políticas, programas y demás disposiciones
legales y reglamentarias del Ayuntamiento;
II.
Planear, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal;
III.
Inspeccionar el ejercicio del gasto público municipal en congruencia con el
presupuesto de Egresos;
IV.
Implementar las normas de control, fiscalización, contabilidad y auditoría que
deben observar las dependencias, órganos, organismos municipales y
municipales descentralizados, previa consulta con la Auditoria Superior del
Estado y la Secretaría de Contraloría de la Administración Pública Estatal;
V.
Auditar a las diversas dependencias, órganos, organismos municipales y
municipales descentralizados que manejen fondos y valores, verificando el
destino de los que de manera directa o transferida realice el Municipio a través
de los mismos;
VI.
Ejercer la vigilancia y el control del gasto público municipal, procurando el
máximo rendimiento de los recursos y el equilibrio presupuestal;
VII.
Supervisar las acciones relativas a la planeación, programación, presupuesto,
contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes
muebles y servicios, de cualquier naturaleza que se realicen con fondos
municipales, en términos de las disposiciones aplicables en la materia;
VIII.
Cumplir con las obligaciones que, en su caso, le impongan los convenios o
acuerdos de coordinación que en materia de inspección y control suscriba el
Municipio con el Estado;
IX.
Inspeccionar que las obras que en forma directa o en participación con otros
organismos realice el Municipio y que se ajusten a las especificaciones
previamente fijadas;
X.
Recibir y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los
servidores públicos del gobierno municipal; verificar y practicar las
investigaciones que fueren pertinentes respecto del cumplimiento de esta
obligación, de acuerdo con las leyes y reglamentos;
XI.
Substanciar los procedimientos administrativos que resulten con motivo de la
falta de presentación de las declaraciones patrimoniales a que se encuentran
obligados los servidores públicos municipales, conforme a la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado;
XII.
Designar a los auditores externos y comisarios de los organismos que integran
la administración pública municipal descentralizada;
XIII.
Informar al Presidente Municipal el resultado de las evaluaciones realizadas y
proponer las medidas correctivas que procedan;
XIV.
Fincar las responsabilidades administrativas que previene la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado, en contra de los
servidores públicos municipales, para lo cual deberá:
a) Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores
públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas:
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