Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 56
Capítulo II Del ejercicio profesional médico
del funcionario, o la evaluación efectuada de
conformidad al inciso final del artículo 29 del
Estatuto Administrativo.
Esta calificación se hará en base a factores,
que son aquellos rubros que se consideran
al momento de precalificar y calificar a un
funcionario, los que tendrán coeficientes que se
utilizarán para el cálculo del puntaje final. Estos
factores son:
1. Eficiencia (coeficiente 5)
2. Cooperación e iniciativa (coeficiente 4)
3. Conducta (coeficiente 3)
4. Preparación y conocimientos (coeficiente 2)
5. Puntualidad, asistencia
personal (coeficiente 1)
y
presentación
Las notas que pueden asignarse a los factores
tendrán el siguiente significado:
1.- Malo
2.- Deficiente
3.- Regular
• De 105 a 89 puntos, con ninguna nota
inferior a 4: Lista Nº 1, de Mérito
• De 88 a 60 puntos, con ninguna nota inferior
a 3: Lista Nº 2, Buena
• De 59 a 45 puntos, con ninguna nota inferior
a 2: Lista Nº 3, Regular
• Menos de 45 puntos: Lista Nº 4, Mala
Al respecto estar por dos años consecutivos en
Lista Nº 3, o ser calificado en Lista Nº 4, provoca
como consecuencia la destitución del servicio.
En cuanto a la Junta Calificadora en cada servicio
de Salud y demás organismos dependientes del
Ministerio de Salud, se constuirá de la siguiente
forma:
Por los cinco profesionales funcionarios
de más alta jerarquía aunque perciban sus
remuneraciones de acuerdo con el sistema de
la Escala Única de Sueldos, con excepción del
Jefe Superior del Servicio y con la participación
de un funcionario de la misma profesión
del personal calificado, determinado por su
antigüedad en el Servicio.
5.- Bueno Si hubiere más de un profesional en cada uno
de los más altos cargos del Servicio, la Junta
Calificadora se integrará con el siguiente orden
de antigüedad:
6.- Muy bueno • Antigüedad en el cargo dentro del Servicio.
7.- Distinguido • Antigüedad en el Servicio, si hubiere
coincidencia de antigüedad en el cargo.
4.- Satisfactorio
Con esto, el puntaje final de cada uno de los
factores señalados será igual al producto
obtenido de la multiplicación de la nota asignada
a cada factor, por el coeficiente de ponderación
respectivo, no pudiendo, en consecuencia,
exceder de 105 puntos el puntaje máximo
obtenido en el total de ellos.
• Antigüedad en la Administración
Pública, si hubiere coincidencia de
antigüedad en el Servicio.
• Antigüedad de título, si hubiere coincidencia
de antigüedad en la Administración Pública.
Cuando ya se tiene el puntaje final, se debe
determinar la inclusión del funcionario en las
listas de desempeño. Esta inclusión se determina
a través de la suma de los puntajes asignados
a los factores, lo que constuirá finalmente la
calificación: En el caso de impedimento de algún miembro
de la Junta, será integrada por el profesional
que debe subrogarlo en el desempeño de su
cargo.
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En cuanto a su forma de trabajo, la Junta
Calificadora funciona a través de sesiones y de la
adopción de acuerdos, para lo cual deberá estar
integrada por la totalidad de sus componentes,
sus acuerdos de la Junta serán siempre fundados