Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 288

Capítulo IV Recomendaciones para una Medicina Segura y de la desvalidación de prácticas culturales ancestrales, se ha ido perdiendo. elaboración de productos terapéuticos y a otros usos que el mismo reglamento indique” 7 . En este sentido es importante referir que bajo la mirada del estado, la placenta es un tejido orgánico considerado como un residuo especial, lo cual se refleja en el Decreto Supremo 6/2009: En este sentido es importante destacar que si bien, bajo la mirada jurídica y biomédica chilena, la placenta solo representa un órgano biológico, bajo la cosmovisión del pueblo mapuche la placenta es un órgano que mantiene una conexión espiritual con el/la recién nacido/a. Junto con esto es importante destacar que la lec- tura y el manejo que se haga de la placenta y del cordón, informarán y condicionarán directamente algunas características del recién nacido o nacida. Es por esto que la familia le otorga importancia al manejo de esta desde que es expulsada, para posteriormente realizar un ritual familiar de entierro de placenta. Al respecto, Alarcón mencionan que: “Son residuos especiales aquellos residuos de establecimientos de atención de salud sospechosos de contener agentes patógenos en concentración o cantidades suficientes para causar enfermedad a un huésped suscepti- ble. En esta categoría se incluyen los siguientes: Residuos patológicos: Restos biológicos, incluyendo tejidos, órganos, partes del cuerpo que hayan sido removidos de seres o restos humanos, incluidos aquellos fluidos corporales que presenten riesgo sanitario” 4 El manejo de esta, posterior al alumbramiento, es separarla y almacenarla, para posteriormente ser incinera- dos o eliminados tal como lo refieren los siguientes párrafos: “Al momento de su generación, los residuos deberán ser segregados y almacenados en contenedores de acuerdo a las categorías señaladas en el artículo 3º. Dicha segregación deberá mantenerse durante todas las etapas de manejo de los residuos hasta su eliminación o tratamiento” 5 . Además, “Todos los Residuos de Establecimientos de Salud deberán ser eliminados en instalaciones que cuenten con autorización sanitaria” 6 . “Para la cultura mapuche, kudiñ o placenta tiene pertenencia, pues lleva el espíritu de la madre y del niño, por lo tanto debe tener una buena disposición final. La placenta se lee, interpreta y dispone de ella de acuerdo a las reglas de la cultura mapuche. La lectura de la placenta fue concebida como un acto cultural vital para conocer el destino del niño y evitarle sufrimientos en la vida. Esta lectura es realizada por mujeres expertas de la comunidad, o quienes ayudan a la parturienta a tener sus hijos: la Puñeñelcheve (partera, matrona empírica) mira bien la placenta, la da vuelta con cuidado y le dice todo lo que le va a pasar, dice cómo va a ser el niño, cómo va a ser su carácter, así uno ya está preparada. La placenta debe ser enterrada debajo de un árbol nativo o frutal, lo cual daría protección y fortaleza física al niño” 8 . “Las placentas y otros órganos y tejidos que determine el reglamento podrán destinarse a la Este ritual se ha ido perdiendo con el paso de los años, dado las medidas sanitarias con respecto al parto, alum- bramiento y el manejo de placenta recién enunciadas. Esto ha traído consecuencias para el pueblo mapuche en lo 4 Artículo 6 del Decreto supremo 6/2009 7 Artículo 153 del Código Sanitario 5 Artículo 8 del Decreto Supremo 6/2009 6 Artículo 24 del Decreto Supremo6/2009 8 Creencias sobre el embarazo, parto y puerperio en la mujer mapuche: conversaciones privadas, A. Alarcón, Y. Nahuelqueo, S. Chungara. Revista de Antropología Chilena.40, N°2, 2008, pp.197. { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 288 No obstante esto, el Código sanitario deja abierta la posibilidad a darle otros usos: