Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 192
Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico
El certificado de defunción solicita información
respecto al fundamento de la causa de muerte
(autopsia, biop- sia, operación, exámenes
de laboratorio, cuadro clínico, información
de testigos) y la calidad del médico que
certifica (tratante, legista o patólogo u otro).
Antecedentes que tienen importancia para
evaluar la precisión de los diagnósticos.
Finalmente, interroga sobre la existencia o no
de atención médica del fallecido en su última
enfermedad y la duración de esta atención.
En caso de muerte violenta o accidente, se
requiere señalar el lugar de ocurrencia (casa,
vía pública, trabajo, otro) y las circunstancias
(accidente, suicidio, homicidio).
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL
CERTIFICADO MÉDICO DE DEFUNCIÓN
El médico sólo debe llenar la parte “a” del
certificado: uso exclusivo del médico (o
matrona en caso de defunción fetal) cuya
copia está en el anexo.
Esta parte debe ser llenada en duplicado,
utilizando papel calco de buena calidad o vienen
llenando la copia con la misma letra del original.
Es de suma importancia que las anotaciones se
hagan con letra claramente legible.
1. INDIVIDUALIZACIÓN DEL FALLECIDO
Nombre y apellidos del fallecido: Debe
registrarse con letra de imprenta el primer
nombre, el segundo nom- bre, el primer apellido
y el segundo apellido del fallecido.
En los nombres no deben usarse abreviaturas,
como por ejemplo 2° del C. González H, en lugar
de Segundo del Carmen González Hernández.
Cédula de identidad: Se anota el número de la
cédula y el dígito verificador.
Sexo: En el casillero correspondiente se debe
anotar el código M (masculino) ó F (femenino) y
9 si es ignorado.
Fecha de nacimiento: Debe anotarse el día, mes
y año en los casilleros correspondientes a esa
información. Por ejemplo, si la persona nació el
18 de febrero de 1930 se anortará: 17 bajo día,
02 bajo mes y 1930 bajo año.
{ Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 }
Edad: Si el fallecido tenía UN AÑO CUMPLIDO
O MÁS, la información debe anotarse en años
cumplidos. Si la edad era MENOR DE UN
AÑO, se registrará en meses cumplidos entre
1 y 11. Si era MENOR DE UN MES, en días
cumplidos; si era MENOR DE UN DÍA, en horas;
y si alcanzó a vivir MENOS DE UNA HORA,
en minutos. La anotación debe hacerse en los
casilleros correspondientes, dejando en blanco
los que no corresponden al caso. En el caso de
las DEFUNCIONES FETALES no debe aparecer
anotación en los casilleros correspondientes
a edad (Ver definiciones de nacimiento vivo y
defunción fetal en 1. Del Anexo).
Testigos que certifican la identidad del
difunto: Cuando no se dispone de la cédula de
identidad del fallecido, su identidad puede ser
certificada por dos testigos. Para estos efectos
debe registrarse el nombre y el número de la
cédula de identidad y el dígito verificador de
cada testigo y ellos deberán firmar en el lugar
correspon- diente.
2. DATOS DE LA DEFUNCIÓN
Fecha y hora: Debe anotarse el día, mes, año
y hora (entre 0 y 24) y los minutos (entre 1-59)
en que ocurrió la defunción, en los casilleros
correspondientes.
SÓLO PARA FALLECIDO MENOR DE UN
AÑO O DEFUNCIÓN FETAL
Peso al nacer: Se anotará en gramos, en
casillero correspondiente.
Semanas de gestación: La duración de la
gestación se mide a partir del primer día del
último período mens- trual normal. La edad de
gestación se expresa en semanas completas.
Por ejemplo, nacimientos ocurridos entre 280 y
286 días se considerarán como ocurridos a las
40 semanas de gestación. Este valor se anota en
casillero correspondiente.
Estado nutritivo previo a la enfermedad:
Si se dispone de información sobre el estado
nutritivo del niño al inicio de la enfermedad que
lo condujo a la muerte, se anotará en el casillero
el código que corresponde. Si no se dispone de
la información necesaria, se anotará el código
de ignorado.
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