Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 310
Anexo Infografías
TRABAJO PESADO
• ¿QUÉ ES EL TRABAJO PESADO?
Es quel cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en la mayoría de quienes lo realizan, provo-
cando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral.
Son trabajos pesados, entre otros:
- Los que producen un desgaste orgánico excepcional, por requerir esfuerzo físico extremo
- Los que se ejecutan a temperaturas excesivamente altas o bajas.
- Aquellos que se realizan habitualmente o íntegramente de noche. En este caso aquellos médicos cirujanos que des-
empeñan sus funciones en Urgencias, turnos nocturnos, o en Unidades de alta exigencia física y mental.
•¿QUÉ BENEFICIO TIENE QUE SE CALIFIQUE UN TRABAJO COMO PESADO?
Obtener una rebaja de la edad legal para pensionarse por vejez, al estimarse que dichas labores
generan un aceleramiento en su envejecimiento.
Se rebaja 2 años por cada 5 en que se cotice un 2%
adicional de la remuneración mensual imponible,
con un máximo de 10 años de rebaja de la edad
de jubilación, siempre que al acogerse a pensión tengan
un total de 20 años de cotizaciones con este régimen
excepcional.
Se rebajará 1 año la edad de jubilación, por
cada 5 años de cotización adicional, con
un máximo de 5 años, si la cotización, hubie-
se sido rebajada en un 1%
• ¿QUIÉN DETERMINA SI LA COTIZACIÓN ADICIONAL ES DE 1% O 2%?
Lo determina la Comisión Ergonómica Nacional (CEN), de acuerdo a los antecedentes aportados al momento
de solicitar la calificación de trabajo pesado (en relación al desgaste relativo producido por dicha labor)
• ¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE “TRABAJO PESADO”?
1. El empleador, sea del sector público o privado.
2. Un trabajador
3. Un sindicato (En el caso de médicos cirujanos del sector privado de la salud)
El requirente deber tener vinculación directa con el puesto de trabajo a calificar, por lo que
no puede hacerlo un trabajador que ya no labora en el puesto de trabajo al momento de rea-
lizarse la solicitud.
• ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR UNA ACTIVIDAD O EMPLEO COMO TRABAJO PESADO?
1) Presentación
de la Solicitud:
Formulario disponible en
la página web de la
Superintendencia
de
Pensiones. Presentación
ante la SEREMI del Trabajo
y Previsión Social:
2) Recepción de los
antecedentes
y
envío a la Comisión
Ergonómica Nacio-
nal (CEN)
3) Procedimiento de
calificación ante la CEN
Plazo de 60 días para
emitir el dictamen.
Podrá solicitar informes
técnicos a especialistas,
peritos, organismos rela-
cionados con la salud
ocupacional
4)
Dictamen
que
acoge o rechaza la
calificación de trabajo
pesado.
A contar del día 01 de octubre de 2019: La presentación del formulario se deberá realizar exclusivamente por
{ Manual
para el
Ejercicio Profesional
2020 } https://ctp.spensiones.cl/
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medios
electrónicos,
a través Médico
de la página