Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 161

Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico II.DE LA APROBACIÓN DE PRESTADORES El Reglamento N° 54 del 31 de agosto del 2015, establece las Normas para el otorgamiento y cobertura financiera de los diagnósticos y tratamientos incorporados al sistema establecido en la Ley 20.850. Establece en el Título III de la Aprobación de Prestadores, en artículo 11 los requisitos para conformar la Red de Prestadores y en el artículo 12, los estándares que deben cumplir los prestadores para ser aprobados, re- quisitos generales, de Probidad y específicos por problema de salud. Todo lo anterior con la finalidad de resguardar la calidad técnica de atención de los pacientes beneficiarios de la Ley, generando una Red única Público - Privada Aprobada. Esta aprobación es dinámica realizará a través de un proceso de Postulación a través de un Link “Aprobación de Prestadores” Ley Ricarte Soto donde los esta- blecimientos realizan el proceso e ingresan los medios verificables solicitados para cada Etapa y Problema de salud que posteriormente, serán evaluados por una comisión asesora de la Ministra de Salud, quien finalmente dará su aprobación mediante un Decreto. { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } Los establecimientos aprobados deberán subscribir un convenio con FONASA. Las etapas definidas en este mismo reglamento son: • I Etapa de Confirmación • II Etapa de Tratamiento • III Etapa de Seguimiento En la Norma técnica N° 181 del 20 de noviembre 2015 se describen los requisitos técnicos y verificables para cada etapa y problema de salud. III. DEL PROCESO CLÍNICO El proceso clínico considerado para los problemas de salud es el mismo que para cualquier patología y se ha resguardado este proceso en las Orientaciones Técnicas, Protocolos, flujos de atención y documentos asocia- dos desarrollados para la implementación de la Ley. Este proceso considera las distintas etapas clínicas que fueron relevadas en el Reglamento y se resumen en la siguiente imagen: pág. | 161