Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 161
Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico
II.DE LA APROBACIÓN DE PRESTADORES
El Reglamento N° 54 del 31 de agosto del 2015,
establece las Normas para el otorgamiento
y cobertura financiera de los diagnósticos
y tratamientos incorporados al sistema
establecido en la Ley 20.850.
Establece en el Título III de la Aprobación
de Prestadores, en artículo 11 los requisitos
para conformar la Red de Prestadores y en el
artículo 12, los estándares que deben cumplir
los prestadores para ser aprobados, re- quisitos
generales, de Probidad y específicos por
problema de salud.
Todo lo anterior con la finalidad de resguardar
la calidad técnica de atención de los pacientes
beneficiarios de la Ley, generando una Red única
Público - Privada Aprobada. Esta aprobación es
dinámica realizará a través de un proceso de
Postulación a través de un Link “Aprobación de
Prestadores” Ley Ricarte Soto donde los esta-
blecimientos realizan el proceso e ingresan
los medios verificables solicitados para cada
Etapa y Problema de salud que posteriormente,
serán evaluados por una comisión asesora de
la Ministra de Salud, quien finalmente dará su
aprobación mediante un Decreto.
{ Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 }
Los establecimientos aprobados deberán
subscribir un convenio con FONASA.
Las etapas definidas en este mismo reglamento son:
• I Etapa de Confirmación
• II Etapa de Tratamiento
• III Etapa de Seguimiento
En la Norma técnica N° 181 del 20 de noviembre
2015 se describen los requisitos técnicos y
verificables para cada etapa y problema de salud.
III. DEL PROCESO CLÍNICO
El proceso clínico considerado para los problemas
de salud es el mismo que para cualquier
patología y se ha resguardado este proceso
en las Orientaciones Técnicas, Protocolos,
flujos de atención y documentos asocia- dos
desarrollados para la implementación de la Ley.
Este proceso considera las distintas etapas
clínicas que fueron relevadas en el Reglamento
y se resumen en la siguiente imagen:
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