Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 160

Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico La cobertura de esta Ley está orientada a diagnósticos, medicamentos, dispositivos de uso médico y alimentos de alto costo. Se define de alto costo a través de un Umbral único nacional de costo anual: cifra monetaria que define univer- salmente el monto sobre el que se considera que un diagnostico o tratamiento es de alto costo, que se fijará por decreto cada 3 años. La Ley considera garantías de acceso donde fija plazos por garantía en cada problema de salud, equidad, cali- dad que se traduce en asegurar prestadores aprobados bajo ciertos requisitos y la satisfacción usuaria. La administración del fondo de recursos asignados para el financiamiento de los grupos de tratamientos, está mandatado a FONASA, así como el Sistema informatizado de Seguimiento clínico asistencia, seguimiento de fármacos y garantías, Seguimiento del Fondo y de Información para el usuario. Es una Ley Progresiva que incorporará nuevas patologías y garantías en cada decreto. El Primer decreto que entró en vigencia de 04 de diciembre de 2015 incorpora los siguientes problemas de salud y garantías: El beneficiario, para recibir las garantías debe ser atendido dentro de la Red única Aprobada para tal efecto. { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 160