MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 44

personero estudiantil cuando corresponda; en forma verbal o por escrito. Se notificarán en forma verbal, todas las decisiones de los conflictos leves; y las de los conflictos graves y gravísimos sólo cuando se haga durante la reunión o diligencia respectiva. En el caso de los conflictos graves y gravísimos, las decisiones definitivas deben contener, como mínimo, los fundamentos de hecho, las consideraciones (considerandos) y la resolución final; y aunque se notifiquen oralmente, en al acto, deben dejarse las respectivas copias, por escrito. CAPÍTULO V EL DEBIDO PROCESO Todos los estudiantes tienen derecho a las garantías del debido proceso, en todas las actuaciones administrativas, disciplinarias y académicas; de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 29 de la Constitución Política y 26 del Código de Infancia y Adolescencia. Cualquier actuación, en la que se pruebe que se violó el derecho fundamental al debido proceso, será de nulidad absoluta. La garantía del derecho fundamental al debido proceso, se materializará a través de los siguientes hechos: 1. El respeto a la presunción de inocencia. 2. El estudiante, padre de familia y funcionario, que se encuentre vinculado en un conflicto, debe ser escuchado en su defensa, aportar y que se le valoren todas las pruebas a su favor, y controvertir las que le sean contrarias. 3. Los estudiantes que se encuentren vinculados en un conflicto grave o gravísimo, deben estar acompañados por sus padres o acudientes y el personero estudiantil, en todas las actuaciones procesales que se desarrollen. 4. Los conflictos académicos y disciplinarios, sólo podrán ser atendidos y solucionados por los funcionarios y órganos competentes, y de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en el presente manual. 5. A ningún estudiante, padre de familia y funcionario, vinculado en un conflicto, se le podrá aplicar normas, procedimientos y sanciones que no estén establecidos en el presente manual, con antelación a los hechos. FALTAS DISCIPLINARIAS DE LOS ESTUDIANTES Las faltas disciplinarias de los estudiantes, se clasifican en tres (3) categorías que son: leves, graves y gravísimas 44