MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 10
retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su
propia causa.”
10. La Sentencia de la Corte Constitucional T - 880 de 1.999: Determina
que los manuales de convivencia de los establecimientos educativos se
encuentran sujetos a los derechos, principios y valores de carácter
constitucional. Estos manuales cimientan su legitimidad no sólo en el
órgano que los profiere, sino en que deben ser el reflejo de la voluntad
general de los miembros de la institución educativa a la cual se va aplicar.
Para su aplicación, los manuales de convivencia deberán ser dados a
conocer y aceptados de manera expresa y espontánea por padres y
madres de familia, docentes, administrativos, directivos docentes y
estudiantes vinculados a la institución educativa.
11. La ley 1620 de 2013, por la cual se crea el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y formación para el Ejercicio de los Derechos
Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y Mitigación de
la Violencia Escolar 47, 46, 9, 10, 45, 44, 11,12.
12.Decreto reglamentario 1965 de 2013 por el cual se reglamenta la Ley 1620
de 2013, de convivencia escolar.
TÍTULO I
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CAPÍTULO I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
MISIÓN
La institución educativa teniendo en cuenta la diversidad étnica, brinda a la
comunidad una formación académica, axiológica y agrícola, posibilitando a los
estudiantes a que sean autónomos y se desempeñen como líderes y competentes
laboralmente.
VISIÓN
La Institución Educativa, en el 2018, brindará a la comunidad, personas con una
formación en valores competentes a nivel académico y laboral; comprometidos
con su identidad cultural, entorno social y ambiental.
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