D. OTRAS PARTES Y SU PAPEL EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS
El COI, la comisión de coordinación de los Juegos Olímpicos y el OGKM
El COI encomienda a la ciudad anfitriona el honor y la responsabilidad de acoger los Juegos Olímpicos. Aún así, el COI sigue siendo el guardián de los Juegos Olímpicos y su misión es la de supervisar y prestar apoyo.
Como parte de este apoyo, el COI crea, poco después de la elección de la ciudad anfitriona, una comisión de coordinación de los Juegos Olímpicos formada por representantes del COI, de las FI, de los CON y de los atletas, así como por expertos en varios campos relacionados con los Juegos.
Durante los siete años de preparación para los Juegos, la comisión de coordinación supervisa y ayuda al COJO con la planificación e implementación de los Juegos; valida el nivel de servicios e instalaciones propuestos por un COJO mediante sesiones plenarias y grupos de trabajo técnicos; visita regularmente la ciudad anfitriona e informa frecuentemente a la comisión sobre el progreso realizado en ámbitos como la construcción de instalaciones o de infraestructuras; y vela por el respeto de la Carta Olímpica y del contrato de ciudad anfitriona.
El departamento de los Juegos Olímpicos del COI asiste a la comisión de coordinación para garantizar que los Juegos se realizan de la manera más eficiente y armoniosa posible. Una manera de hacerlo es a través del Programa de Gestión de Conocimientos sobre los Juegos Olímpicos( OGKM), creado a partir de la iniciativa de transferencia de conocimientos para los Juegos Olímpicos de 2000 en Sydney, que presta distintos servicios – como talleres y acceso a una red de expertos en temas relacionados con los Juegos – a las ciudades aspirantes, candidatas y anfitrionas. Además, también ofrece diversos recursos documentales y de vídeo, como los informes oficiales, los manuales técnicos y los informes de conocimientos centrados en los requisitos y preparativos para los Juegos. Los COJO pueden también obtener más experiencia sobre estos temas gracias al programa de observadores que se lleva a cabo durante los Juegos, a la sesión oficial de información sobre los Juegos y al programa de traslado que permite que miembros del personal del futuro COJO trabajen en la edición de los Juegos que se esté llevando a cabo.
Atletas
Tal como establece la Norma 6 de la Carta Olímpica( 2013), los Juegos Olímpicos son competiciones entre atletas, en pruebas individuales o por equipos, y no entre países. Para poder participar en los Juegos Olímpicos, los atletas deben:
• Acatar la Carta Olímpica y las normas de la FI correspondiente aprobadas por el COI
• Ser inscrito por su CON
• Respetar el espíritu de juego limpio y de no violencia y actuar en consecuencia
• Respetar y acatar todos los aspectos del Código mundial antidopaje
Comités olímpicos nacionales
De acuerdo con el texto de aplicación de las Normas 27 y 28 de la Carta Olímpica( 2013), entre las funciones de los CON se incluye no solo la de garantizar que los atletas de su país estén inscritos para participar, sino también la de velar por que se tengan en cuenta todos los aspectos logísticos, como el transporte y el alojamiento para los atletas, los miembros oficiales y el personal. Los CON deciden la inscripción de los atletas propuestos por sus federaciones deportivas nacionales respectivas y deben garantizar que las inscripciones propuestas se ajustan en todo a las disposiciones de la Carta Olímpica.
Los CON también supervisan la selección preliminar de las posibles ciudades aspirantes. Éstas deben contar con la aprobación del CON de su país antes de que se pueda presentar su nombre al COI. Si la ciudad es elegida para organizar los Juegos Olímpicos, el CON será parte firmante del contrato de ciudad anfitriona y tendrá la responsabilidad de establecer el COJO.
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