Olímpicos exitosos . La evaluación técnica incluye un cierto número de criterios , como el apoyo del Gobierno , la opinión pública , la infraestructura general , la seguridad , las instalaciones , el alojamiento y el transporte . Al término de esta fase , la comisión ejecutiva del COI determina qué ciudades pasan a ser ciudades candidatas en función del informe del grupo de trabajo .
SECCIÓN I
De ciudad candidata a ciudad anfitriona
Una vez que la comisión ejecutiva del COI ha tomado la decisión , las ciudades candidatas pasan a la segunda fase del proceso , en la que deben presentar al COI un informe de candidatura más detallado que incluya las respuestas a otra serie de preguntas .
Estos informes son analizados por la comisión de evaluación , formada por miembros del COI , representantes de las FI , de los CON , de la comisión de atletas del COI y del Comité Paralímpico Internacional , así como por otros expertos . La comisión realiza una inspección en cada ciudad candidata y presenta un informe con sus conclusiones a la comisión ejecutiva del COI y a los miembros del COI . Antes de que se elija la ciudad sede en la Sesión , la comisión ejecutiva del COI establece una lista final de las ciudades candidatas que serán objeto de votación en la Sesión , la asamblea general de los miembros del COI .
En la Sesión del COI , las ciudades candidatas realizan una presentación final . A continuación se procede a las votaciones y la ciudad que obtiene la mayoría es elegida ciudad anfitriona . Si ninguna ciudad consigue la mayoría en una ronda , se elimina a la ciudad con menos votos y se celebra otra ronda de votación .
Únicamente los miembros en activo de COI pueden votar . Los miembros que sean ciudadanos del país de una ciudad candidata no podrán votar mientras la ciudad en cuestión tenga posibilidades de ganar . Los miembros honorarios y de honor del COI así como cualquier otro miembro suspendido , tampoco podrán votar .
En la actualidad , después de anunciar el nombre de la ciudad anfitriona , el COI firma un acuerdo con la ciudad anfitriona y con el CON del país . Este acuerdo , conocido como contrato de ciudad anfitriona , establece las obligaciones y los derechos jurídicos , comerciales y financieros de las tres partes . El contrato es específico a cada edición de los Juegos .
C . COMITÉS ORGANIZADORES DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS ( COJO )
El COI confía la tarea de organizar los Juegos Olímpicos al CON del país de la ciudad anfitriona y a la ciudad anfitriona . El CON tiene la responsabilidad de establecer un comité organizador que , a partir del momento de su creación , deberá informar a la comisión ejecutiva del COI .
El COJO es la entidad responsable de coordinar todos los asuntos relacionados con los Juegos Olímpicos . Para ello , sigue un ciclo de planificación de siete años , en el que se establecen las funciones y los servicios para todos los aspectos de los Juegos , como los deportes , las instalaciones , las finanzas , la tecnología , el alojamiento , la restauración , los servicios médicos , el transporte y los medios de comunicación . Junto con el personal remunerado del COJO , los voluntarios desempeñan un papel esencial en la realización de diversas tareas relacionadas con la organización de los Juegos .
Desde su creación hasta su terminación , el comité organizador debe respetar la Carta Olímpica , el contrato de ciudad anfitriona y las indicaciones de la comisión ejecutiva del COI . Además de colaborar con el COI , es necesario que trabaje en coordinación con otras partes que también desempeñan un papel clave en los Juegos Olímpicos .
MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DEPORTIVA 47