Manual de Administración Deportiva 2014 | Seite 298

A. INTRODUCCIÓN
“ Doparse es hacer trampa. El dopaje es una práctica comparable a la muerte. La muerte fisiológica, ya que los procesos normales se alteran profundamente, y a veces de manera irreversible a través de manipulaciones injustificadas; la muerte física, que ha quedado demostrada con ciertos casos trágicos en los últimos años; pero también la muerte espiritual e intelectual al aceptar hacer trampas y disimular las propias capacidades y al reconocer la propia incapacidad o falta de voluntad de aceptarse a uno mismo o de superar los propios límites; y finalmente, la muerte moral, al excluirse, de hecho, de la reglas de conducta que la sociedad humana exige”. Juan Antonio Samaranch, presidente del COI, 1980-2001
En 1967, el COI creó una comisión médica en colaboración con la Unión Ciclista Internacional( UCI), con el objetivo de establecer un servicio de control médico para los Juegos Olímpicos de 1968 y estudiar el tema de los controles de dopaje y la ayuda que se podía brindar a los atletas de los países en desarrollo sobre estas cuestiones.
La Agencia mundial antidopaje( AMA) fue fundada en 1999 como organización internacional independiente para promover y coordinar la lucha contra el dopaje en el deporte a nivel internacional. Está compuesta y financiada por el movimiento deportivo y los gobiernos en partes iguales.
B. CÓDIGO MUNDIAL ANTIDOPAJE
Uno de los logros más importantes en la lucha contra el dopaje ha sido la redacción, aceptación y aplicación de un conjunto armonizado de normas antidopaje, conocido como el Código mundial antidopaje. El Código es el documento básico que proporciona el marco para las políticas, normas y reglamentos armonizados para la lucha contra el dopaje en las organizaciones deportivas y las autoridades públicas. El Código se ejecuta de acuerdo con cinco normas internacionales cuya finalidad es aportar coordinación entre las organizaciones antidopaje: controles, laboratorios, autorizaciones de uso terapéutico( AUT), la Lista de sustancias y métodos prohibidos, así como la protección de la privacidad y la información personal.
Esta armonización pretende afrontar los problemas que surgieron a raíz de esfuerzos aislados y descoordinados en la lucha contra el dopaje, como la escasez y la división de recursos necesarios para llevar a cabo investigaciones y controles, una falta de conocimientos sobre las sustancias y los procedimientos, y un enfoque incoherente con respecto a las sanciones para los atletas considerados culpables de dopaje.
Desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2004, el Código ha demostrado ser una herramienta muy poderosa y eficaz para la armonización de los esfuerzos en la lucha contra el dopaje a nivel mundial. Su fuerza ha quedado más que demostrada gracias a la gran aceptación del Código entre los gobiernos y los deportes, así como al cada vez más importante órgano de jurisprudencia del Tribunal de Arbitraje Deportivo( TAD), que respalda las disposiciones del Código.
Tras un proceso de consulta abierto y transparente, que constó de tres fases e incluyó la publicación de varios proyectos preliminares, la revisión del Código( 2009) fue adoptada por unanimidad por el consejo de fundación de la AMA y aprobada por los 1 500 delegados presentes el 17 de noviembre de 2007, el último día de la III Conferencia Mundial sobre el Dopaje en el Deporte, celebrada en Madrid. El Código revisado entró en vigor el 1 de enero de 2009. La resolución de la conferencia mundial, así como información sobre el Código y las consultas relacionadas con el mismo, están disponibles en el sitio web de la AMA: www. wada-ama. org.
El proceso de revisión del Código ha dado lugar a una herramienta todavía más fuerte y sólida para garantizar que todos los atletas se benefician de los mismos procesos y de la misma protección antidopaje, sea cual sea su disciplina deportiva, nacionalidad o país de origen.
Sustancias y métodos prohibidos
La AMA publica la única Lista de sustancias y métodos prohibidos válida que es actualizada una vez al año por una comisión de científicos reconocidos.
Dentro de los tipos de sustancias prohibidas se incluyen estimulantes, narcóticos, agentes anabólicos, diuréticos, hormonas peptídicas, miméticos y sustancias análogas, entre otros.
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