Manual de Administración Deportiva 2014 | Page 118

A. INTRODUCCIÓN El primer principio fundamental del Olimpismo establecido en la Carta Olímpica dispone que “… el Olimpismo se propone crear un estilo de vida basado en la alegría del esfuerzo, el valor educativo del buen ejemplo y el respeto por los principios éticos fundamentales universales”. La ética es una rama de la filosofía que intenta resolver cuestiones sobre la moralidad, sobre cómo se deben determinar los valores morales, cómo se puede lograr un resultado moral en situaciones específicas y qué valores morales observan realmente las personas. El concepto de ética en el deporte hace referencia al comportamiento de aquellos que participan en el deporte, incluidos atletas, entrenadores, jueces y árbitros, médicos, dirigentes y miembros del personal de las organizaciones deportivas. Por lo tanto, y para observar el primer principio fundamental del Olimpismo, todos los participantes del movimiento deportivo deben respetar los principios éticos. Para facilitar la comprensión y aplicación de los principios éticos básicos, se crean códigos de ética y normas. Estos códigos y normas son una referencia para evaluar la conducta en función de los valores. B. LA COMISIÓN DE ÉTICA DEL COI La comisión de ética del COI, creada en 1999, es una estructura permanente que ayuda al Movimiento Olímpico a respetar los principios éticos olímpicos. Esta comisión se encarga de: • Definir y actualizar los principios éticos, en particular el Código de ética del COI que se basa en los valores y principios englobados en la Carta Olímpica, y difundirlos. • Investigar las violaciones de los principios éticos presentadas por el presidente del COI y, cuando sea necesario, recomendar medidas o sanciones a la comisión ejecutiva del COI o a la Sesión del COI. Estas recomendaciones serán confidenciales hasta que la comisión ejecutiva del COI adopte una decisión. • Ayudar a todos los miembros del Movimiento Olímpico a entender y aplicar las normas y los principios éticos. Este asesoramiento siempre se lleva a cabo de manera confidencial. ¿Quién puede remitir un caso? La comisión de ética no puede remitirse un caso a sí misma, pero puede informar al presidente del COI de la existencia de un problema. Recibe quejas de los miembros de la familia olímpica (especialmente los miembros del COI, los CON, las federaciones nacionales o internacionales y los participantes en los Juegos Olímpicos) y de cualquier otra persona afectada por una supuesta violación de las normas. La queja se envía directamente al presidente del COI para que la analice y, en algunos casos, la remita de nuevo a la comisión para que realice una recomendación. Procedimientos y posibles sanciones Al recibir un caso, la comisión de ética prepara un expediente, generalmente bajo la responsabilidad de un relator. Puede oír a cualquier persona que contribuya a aclarar la situación. La persona u organización implicada tiene derecho de defensa. La comisión de ética puede proponer cualquier medida que considere de utilidad, como un recordatorio de las normas. También puede recomendar una sanción, tal como estipula la Norma 22 de la Carta Olímpica, que puede ir desde una advertencia hasta la expulsión o la retirada de una acreditación para los Juegos Olímpicos. 118