LUMEN Edicion 1, agosto 2014 | Page 21

LUMEN Edición #1 • Agosto 2014 • Página 11 La logia Regeneración, dolida por el abandono del GOE, se negaba ahora también a devolver la documentación que poseía de la logia madre Palafox, puesto que ninguna autoridad tenía sobre ellos la Orden española que, además, añadían, “ilegalmente y acaso por benevolencia nuestra trabaja en estos valles”. La “otra” logia Palafox fue, pues la única en activo bajo la obediencia del GOE desde la invasión norteamericana hasta 1900. Si pudo conservar su antiguo título y reconocimiento por el GOE, pese a que sus miembros eran minoría respecto a los que fundaron la Regeneración, fue por un hecho bastante polémico y que tendrá gran importancia para el futuro de la Orden en Puerto Rico: la posesión por esta minoría de la carta constitutiva de la logia de 1893. El protagonista de este hecho, o al menos así se presentaba él en un informe enviado a Miguel Morayta el 16 de octubre de 1899, fue el industrial catalán Rafael Creuets y Tous…. Fue, pues, Creuets…el que sustrajo la carta constitutiva sin permiso del venerable ni del secretario de la logia (que entraron a formar parte de Regeneración) y el que prescindió de unos y se atrajo a otros, lo cual es más discutible, para continuar los trabajos de la logia, bajo obediencia española…. Para unos, pues—el grupo mayoritario de la logia Palafox que fundó la Regeneración—, la apropiación de la carta constitutiva por Creuets fue un robo; para otros—el grupo minoritario que pensaba continuar bajo la obediencia del GOE—, fue un derecho, ya que ellos, a diferencia de los anteriores, no pensaban desertar del Oriente. La Gran Logia Soberana quedó frustrada, porque el paso como tal logia Palafox a su obediencia de los miembros que la componían hubiese supuesto, formalmente, el fin del dominio masónico español en la isla. En cambio, al tener que regularizar ahora a una parte de la logia Palafox con el nuevo nombre de Regeneración, sin que sus miembros hubiesen obtenido previamente la “plancha de quite” del GOE, era ilegal, en términos masònicos, y algunos componentes de la Gran Logia presentaron incluso una impugnación al procedimiento que se había seguido para incorporar aquel taller a la obediencia, impugnación que pasó a informe de la Comisión de Jurisprudencia.21 Es pertinente detenernos en este punto para retomar el planteamiento que hicimos al comienzo de este trabajo. Hemos presentado los dos discursos historiográficos que se han hilvanado alrededor del traslado desde Mayagüez a San Juan de la sede de la GLSPR en 1899. En cuanto a la relación de hechos (suspensión de los trabajos, toma de la decisión de traslado y reinicio de los trabajos en la nueva sede), casi la totalidad de los historiadores de la GLSPR coinciden con José Antonio Ayala en cuanto a las fechas en las que ocurrieron los eventos, basándose en las actas de la obediencia autóctona que recogen las incidencias de los eventos. 21 Ibid, Págs. 247-249.