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Con la declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, se otorgó a los derechos de los individuos un reconocimiento jurídico internacional. Por primera vez, a los individuos fuera cual fuese su raza, religión, género, edad o cualquier otra característica se garantizó unos derechos que podían oponer a las leyes estatales injustas o a las costumbres opresivas.
La Declaración Universal promete a todas las personas unos derechos económicos, sociales, políticos, culturales y cívicos que sustenten una vida sin miseria y sin temor. El poder de la declaración universal es el poder de las ideas para cambiar el mundo. Nos inspira para continuar trabajando y así garantizar que todas las personas puedan lograr la libertad, la igualdad y la dignidad. Un aspecto vital de esta tarea es empoderar a las personas para que exijan lo que debería estar garantizado; sus derechos humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es una compilación de derechos de las personas con valor declarativo, la misma también se compone de un preámbulo y treinta artículos, que recogen derechos de carácter civil, político social, económico y cultural. El preámbulo de dicho instrumento, o también llamado exposición de motivos, se emplea como análisis e interpretación de la misma. Dentro del fundamento destacado de dicha declaración, el tercer considerando destaca un régimen de Derecho como esencial para la protección de los derechos humanos. Para ello es importante la construcción de una sociedad donde ciudadanos puedan disfrutar sus derechos, cito lo siguiente:
“considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión” (Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos)
El cuarto considerando afirma la importancia de promover la amistad entre naciones, debido a que en el momento histórico de la redacción del instrumento ya había iniciado la guerra fría, quedando esa cuestión relegada:
“Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones” (Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos).