CORTE PENAL INTERNACIONAL
Este organismo, lo podemos identificar como un tribunal de última instancia, para el procesamiento y enjuiciamiento de crímenes graves a nivel internacional, entre los que podemos nombrar el genocidio, los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad.
Este tribunal es catalogado como el primer tribunal internacional con carácter permanente, e independiente que n forma parte de la estructura de las naciones unidad, con la que firmó un acuerdo el 4 de octubre de 2004, que regula la cooperación entre las instituciones de la ONU y la CPI.
La Corte Penal Internacional es un tribunal estable y permanente, que constituye la primera jurisdicción internacional con vocación y aspiración de universalidad competente para enjuiciar personas físicas, y en su caso, depurar la responsabilidad penal internacional del individuo por los crímenes graves, de transcendencia para la comunidad internacional. Tal y como lo establece el artículo de su estatuto, la CPI es competente para conocer de los delitos al inicio mencionados.
Este tribunal internacional actúa sobre la base del principio de complementariedad con las jurisdicciones nacionales del Estados Parte, interviniendo en los casos en que aquellas no ejerzan su competencia o no estén en condiciones de hacerlo. Esta jurisdicción puede ser activada por el Fiscal de la Corte, el Consejo de Naciones Unidas y por los Estados Parte del Estatuto de la \Corte. La CPI, tiene competencia únicamente respecto de crímenes después de la entrada en vigor del Estatuto del 01 de julio de 2002. Si un Estado hubiese ratificado su estatuto después de esta fecha, la Corte podrá ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes cometidos después de la entrada en vigencia del estatuto respecto a ese estado, a menos que este haya hecho declaración expresa.