Lo Ultimo en Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes FORO 2 | 页面 2
derechos de los niños, niñas y adolescentes, quedando determinado en la misma ley
como: “La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes es un servicio de interés público que
en cada municipio debe ser organizado por la Alcaldía y, de acuerdo con su población,
deberá contar con más de una Defensoría. Así mismo, las Defensorías de Niños, Niñas y
Adolescentes pueden ser organizadas por la sociedad, a saber: consejos comunales,
comité de protección, asociaciones, fundaciones, organizaciones sociales o por cualquier
otra forma de participación ciudadana. El Estado deberá adoptar las medidas necesarias
para fortalecer las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes creadas por la sociedad.
Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes tienen como objeto promover y defender
los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes. Cada Defensoría tendrá un
responsable a los efectos de esta Ley” (art. 201, LOPNNA).
Es evidente, que según la situación actual que vive el país las Defensorías de Niños, Niñas
y Adolescentes son utilizadas como banderas políticas que buscan la promoción de un
gobernante de turno, siendo que las ejecuciones de los programas son muy pocos para
que el Sistema de Protección tenga la eficiencia que coadyuve a la solidaria y
sensibilización de los verdaderos protagonista que son la población vulnerable de niños,
niñas y adolescentes donde el compromiso de la comunidad es fundamental para que
pueda incidir en el forjamiento de una cultura de respeto y buen trato de nuestra niñez y
adolescencia; y, con ello, a la promoción de la dignidad humana.
KARLOS MARTINEZ
¿Que son las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes? ¿Para qué sirven? ¿Cuál su
Importancia?
De entrada es conveniente comenzar diciendo o señalando que se ha dado en llamar o
definir como las Defensorías del Niño, Niña y Adolescente. En este sentido podemos decir
que las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes, no son otra cosa que servicios
sociales creados y dispuestos por el Estado o por organizaciones No gubernamentales,
cuyo objetivo fundamental es el de Promover y Defender los Derechos de los Niños, Niñas
y Adolescentes.
"Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes tienen como objeto promover y defender
los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes. Cada Defensoría tendrá un
responsable a los efectos de esta Ley” (art. 201, LOPNNA).
Ahora bien, le corresponde al Estado crear Defensorías, tanto a nivel de Alcaldías como de
Gobernaciones en todos los estados. Sin embargo, este importante proyecto social,
también se puede desarrollar a nivel del Ministerio del Poder Popular para la Educación,
impulsando las llamadas Defensorías Educativas, logrando así poner en práctica en cada
rincón del país la Defensa y protección, del interés superior de Niños, Niñas y
Adolescentes impulsadas por el sector público.
Por otra parte, el servicio puede ser gestionado por organizaciones sociales y
comunitarias, como consecuencia del principio de la Participación Solidaria impulsado en
el paradigma de la Protección Integral. Esto implica que las Defensorías pueden ser
constituidas por los Consejos Comunales, en las sedes de las Cooperativas, y en cualquier
espacio comunitario.
Es bueno señalar que la Defensoría no es solamente una entidad para la recepción y
tramitación de denuncias de asuntos de familia y problemas comunitarios, ya que esto es
sólo una de las múltiples funciones que posee. Desde una visión garantista, la Defensoría
no puede conformarse con la atención de casos, porque sólo estaría actuando sobre los
factores finales de los procesos sociales, ya que este organismo está llamado –por su
papel de promotor– a intervenir en los factores causales e intermedios de los mismos. Es
así que es bueno señalar que su actuación tiene un enfoque más pedagógico, tanto en la